Se acumulan las vacantes en la cúpula judicial

La decisión del Tribunal Constitucional perpetúa la situación precaria del Supremo

La mayoría progresista del TC avala la reforma instada en marzo de 2011 por el Gobierno de coalición que buscó sin éxito forzar un acuerdo con el PP para renovar el Consejo del Poder Judicial.

También se ha evitado una renovación de la cúpula judicial auspiciada por un Consejo que debería haber dejado de ser mayoritariamente conservador en diciembre de 2018

Así fue la apertura del año judicial.

Así fue la apertura del año judicial. / J.J Guillén

Cristina Gallardo

En las cinco Salas del Tribunal Supremo deliberan y dictan sentencias que sientan doctrina un total de 56 magistrados, pero deberían ser 79, y no hay visos de que las plazas vacantes vayan a ser cubiertas en mucho tiempo. La situación, muy difícil de explicar a una ciudadanía que en último término es la principal perjudicada, obedece a una crisis institucional sin precedentes ha venido enquistándose en los últimos años y ha tenido su último capítulo (hasta el momento) en una decisión adoptada este lunes por el Tribunal Constitucional.

La mayoría progresista del órgano de garantías ha impuesto su criterio y el pleno ha rechazado -por siete votos frente a cuatro- los recursos de Vox y del PP contra una reforma instada en marzo de 2021 por el Gobierno de coalición que limita una de las principales funciones del Consejo General del Poder Judicial mientras éste se encuentre en funciones, la de realizar nombramientos discrecionales en la cúpula judicial.

La cuestión es que la interinidad del órgano cumplirá el próximo diciembre la friolera de cinco años sin que parezca que exista solución, ya que la renovación de los 20 vocales precisa de un acuerdo entre el PSOE y el PP que parece totalmente imposible dada la actual tesitura política.

Los números hablan por sí solos, pues la justicia acumula a día de hoy un total de 83 vacantes entre los tribunales superiores de justicia, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, donde las bajas son 23 y están comprometiendo seriamente el trabajo diario en Salas como la de lo Contencioso-Administrativo (que acumula once vacantes) o la de Social (con seis bajas). En Civil faltan dos magistrados, en Penal uno y en militar otros tres.

La situación también tiene efectos en la justicia militar, pues ya el pasado mes de diciembre el Tribunal Militar Central dejó de funcionar al pasar a la reserva el auditor presidente interino, el general Francisco Luis Pascual Sarría y no poder el Consejo del Poder Judicial suplirle ni a él ni a los cuatro vocales togados que integraban este órgano colegiado antes de su jubilación. Desde entonces, se ha recurrido a un sistema de sustituciones que permiten solventar la situación de forma provisional, pero no son más que parches con fecha de caducidad.

Durante la apertura del año judicial, celebrada el pasado 7 de septiembre, el acual presidente interino del Tribunal Supremo, Francisco Marín Castán, calificó el panorama de "desolador", un término muy parecido al que venía utilizando desde 2018 el presidente Carlos Lesmes, que tildó de "insostenible" la situación y formalizó su cese ahora hace un año.

Pese a la falta de acuerdo político quedaba la bala del Tribunal Constitucional, si bien la incógnita ha quedado totalmente despejada este lunes: si no hay pacto político, el Consejo General del Poder Judicial seguirá sin poder hacer nombramientos, y las bajas se seguirán acumulando.

Hasta el momento, desde el órgano de gobierno de los jueces no han podido ir más allá de aplicar refuerzos en la plantilla de letrados del Gabinete Técnico que auxilian a los jueces en la redacción de las resoluciones.

 A finales del pasado 2021, el Supremo llegó a calcular que se dictarían 1.000 sentencias menos al año, si bien en dicho momento las plazas vacantes no superaban el 13 por ciento y no se tenía el triste convencimiento, que a día de hoy casi nadie cuestiona, de que el órgano de gobierno de los jueces no será renovado en lo que queda de legislatura.

  Lectura de la reforma por parte del TC

Por su parte, la setencia del Tribunal Consitucional pone las bases de lo que debe ser un Consejo del Poder Judicial en funciones, sin ahorrarse cierto reproche frente al bloqueo institucional. Así, incide en que el artículo 122 de la Constitución únicamente determina, de forma clara y unívoca, que la duración del mandato de los vocales del CGPJ es de cinco años, periodo en el que están en el pleno ejercicio de sus atribuciones.

A parir de ahí, el Constitucional valida que sobre las funciones de los vocales del consejo pesen limites "que eviten que este órgano, en situación de prórroga por la concurrencia de una circunstancia de anomalía institucional, comprometa la capacidad de decisión futura del gobierno del poder judicial, allí donde las decisiones a adoptar tengan un alto grado de discrecionalidad y un bajo contenido de mera gestión administrativa".

La situación de bloqueo es, en todo caso, tan anómala, que desde la UE vienen advirtiendo en que España está incumpliento las recomendaciones de los informes que chequean el estado de derecho en los países de la Unión y se insiste en que el relevo en el órgano de gobierno de los jueces "es prioritario" y, después, se debe proceder "inmediatamente" a cambiar el sistema para que los vocales de extracción judicial sean elegidos "por sus pares", en palabras del propio comisario europeo de Justicia, Didier Reynders. Esta reforma en el sistema de nombramiento es uno de los requisitos que el PP exige para negociar la renovación, y el principal escollo de la misma, ya que el PSOE prefiere que sigan siendo los diputados y senadores quienes elijan a los doce vocales de procedencia judicial de una lista previa que facilita la propia carrera.