DECLARACIÓN DE LA RENTA

Así debes solicitar y confirmar tu borrador de la Renta

La declaración de impuestos del ejercicio 2021 trae muchas novedades para esta campaña entre las que se encuentran: nuevos tramos de IRPF, deducciones por obras de eficiencia energética y criptomonedas

Declaración de la Renta.

Declaración de la Renta. / EFE

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La campaña de la Declaración de la Renta comenzó ayer -6 de abril- para presentar de manera digital el ejercicio de 2021. La Agencia Tributaria, a su vez, abrirá diferentes vías y plazos para entregar los borradores. El 3 de mayo por teléfono, el 26 de mayo en persona y el 30 de junio será el último día hábil para presentar la Declaración. Este año se incorporan novedades al borrador entre las que se incluyen: los nuevos tramos de IRPF sobre las grandes cuantías, deducciones por obras de eficiencia energética y la obligatoriedad de declarar las criptomonedas.

Los plazos para solicitar y confirmar el borrador de la Renta ya se han abierto a través de internet en la web y la App de la Agencia Tributaria. El borrador de la renta es un documento que elabora la Agencia Tributaria con los datos fiscales de la persona solicitante. Sin embargo, estos datos que se entregan en el borrador, no tienen porque estar actualizados ni correctos, por lo que es de carácter obligatorio revisar personalmente el contenido de tu borrador.

¿Cómo solicitar tu borrador?

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Existen varios métodos para solicitar el borrador del ejercicio de la Renta de 2021. La primera vía que se ha abierto es: la telemática. A través de internet, los contribuyentes podrán solicitar el borrador de tres formas distintas, aunque si no se desea hacer este proceso desde el ordenador, en diferentes periodos, se abrirán otras formas de realizar la solicitud.

  1. Con certificado o DNI electrónico: para requerir el borrador de la renta se necesitará un certificado digital expendido por la Real Casa de la Moneda, o el DNIE. Una vez se tenga cualquiera de las dos formas validadas para acceder a su área personal en la página de la Agencia Tributaria; se podrá acceder al borrador.

  2. Número de referencia: Esta, entre todas las opciones, suele ser la que resulta más fácil para los contribuyentes. El número de referencia se puede solicitar comunicando el Número de Identificación Fiscal (NIF) o la fecha de caducidad del DNI. Si finalmente se elige este método se deberá abonar el importe de la casilla [0505] de la declaración de la Renta de 2020

  3. Clave Pin: Esta clave es elegida por el usuario y a raíz de la contraseña elegida se le enviará un código pin a través de su móvil con el que completará la clave para acceder a la previsualización del borrador. Para obtener la clave se puede adquirir vía online o en persona.

Confirmar el borrador

Una vez se haya conseguido solicitar el borrador de la Declaración, se deberán asegurar y cerciorar que los datos que aparecen en el documento son acordes y están correctos. Si, en efecto, sus datos del borrador son correctos, se podrá confirmar y proceder a la presentación. Si por el contrario los datos que aparecen en su documento no son correctos, o si necesita modificar alguna parte, deberá presentar su propio borrador. Por último, el contribuyente debe notificar el IBAN y firmar la declaración de la Renta.