Así se recurren con éxito las multas de semáforos foto-rojo

Estos mecanismos de control están siendo utilizados por muchos ayuntamientos

Triple semáforo en la calle Muntaner con Aragón en Barcelona.

Triple semáforo en la calle Muntaner con Aragón en Barcelona.

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P. G.

Semáforos foto-rojo, ¿qué dice la normativa sobre ellos? ¿se pueden recurrir estas multas? Estos mecanismos de control están siendo utilizados por muchos ayuntamientos para evitar que los usuarios de la vía se salten los semáforos, con el objetivo de prevenir los atropellos y otros choques entre vehículos.

Por ello, es necesario recordar, que la infracción de semáforo en rojo es una sanción grave prevista en el artículo de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que supone una sanción económica de 200 euros y la consecuente pérdida de cuatro puntos del permiso de conducir.

¿Las multas de semáforos foto-rojo son sólo para educar a los conductores? ¿O también recaudar…? "Aunque este tipo de sanciones tiene un impacto económico y conlleva retirada de puntos, su principal objetivo es educar y concienciar a los conductores", explican desde el bufete especializado en multas de tráfico Pyramid Consulting.

Sin embargo, en ocasiones se imponen estas multas de manera incorrecta o en situaciones que pueden ser muy discutibles, de ahí la importancia de comprender cómo funciona estos semáforos para conocer tus derechos y las posibles vías de recurso.

¿Cómo funcionan estos radares?

El llamado sistema de foto-rojo consiste en la instalación de cámaras en determinados semáforos con la finalidad de comprobar si los vehículos se detienen o si rebasan el semáforo en fase roja. Estas cámaras se ubican en un soporte a 25 metros de distancia de la línea de detención de los coches para encuadrar completamente la imagen de los coches como la de la propia luz roja del semáforo.

Cada sistema de semáforos foto-rojo cuenta con dos cámaras:

Una cámara de infrarrojos que permite capturar la matrícula del vehículo de día y de noche, y otra cámara de color que toma cinco fotografías del cruce del vehículo, en las que se pueda distinguir la marca, modelo y color del vehículo además de la matrícula. 

Por tanto, los ciclistas no son capturados con este tipo de sistemas, si bien en zonas específicas se efectúan controles por medio de Policía Municipal y Agentes de Movilidad. Así, estas cámaras de control están sincronizadas para que únicamente puedan obtener fotografías cuando el semáforo se encuentra en fase roja.

Este sistema de control y sanción ha resultado polémico en los últimos años principalmente por las dudas que acompañan habitualmente a la instalación y ubicación de estas cámaras, acusados fundamentalmente de tener una función únicamente recaudatoria.

 ¿Cómo recurrir una multa de semáforos foto-rojo?

En toda infracción que es captada por imagen se debe acreditar el correcto funcionamiento del aparato utilizado conforme a lo establecido en la ley. Además, el vehículo denunciado debe estar perfectamente identificable y la infracción debe quedar acreditada, es decir, la imagen probatoria debe corroborar que el vehículo sobrepasa el semáforo en rojo.

Asimismo, conforme a dicha orden, establece que estas multas se documentarán mediante una secuencia de fotos, al menos cuatro fotografías que recojan una imagen de la parte trasera del vehículo y la luz roja del semáforo en las situaciones de vehículo antes de la línea de parada, vehículo sobrepasando la línea de parada y vehículo sobrepasado el cruce o paso de peatones completamente.

Son recurribles por varias razones

Porque estos sistemas, en ocasiones, no están sometidos a controles metrológicos vulnerando la Ley de Tráfico que establece expresamente que:

Los instrumentos, aparatos o medios y sistemas de medida que sean utilizados para la formulación de denuncias por infracciones a la normativa de tráfico, seguridad vial y circulación de vehículos a motor estarán sometidas a control metrológico en los términos establecidos por la normativa de metrología.

Son numerosas las Sentencias dictadas por Juzgados de lo Contencioso administrativo de toda España relativas a la necesidad de control metrológico por parte de los dispositivos foto-rojo. 

"Se trata de un sistema de captación que no debería quedar excluido del control metrológico por las magnitudes o elementos que determinan su funcionamiento, y la recientemente obtenida por Pyramid Consulting del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº9 de Madrid de 12 de marzo de 2024 al establecer que: el aparato concreto de captación de las fases del semáforo es un medidor, razón por la cual es necesario certificado de control", añaden desde el bufete.

En otros casos, se han anulado igualmente multas por la mala calidad de las imágenes de semáforos foto-rojo porque no existe ninguna señalización que informe de la ubicación de la cámara o por defectos de forma a la hora de comunicar la sanción al conductor, así como porque no existe una regulación específica sobre la duración del color ámbar y no se acredita la correcta sincronía del semáforo con la cámara. 

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En otras palabras, se pone en duda la perfecta sincronización del sistema, por lo que los vehículos podrían ser multados por cruzar en ámbar.

"Si recibimos una multa de semáforos foto-rojo no debemos de quedarnos con los brazos cruzados y pagar sin más ya que hay motivos suficientes para recurrirlas. En definitiva, los conductores somos los más perjudicados debido a la actuación anómala de la Administración, con fines en ocasiones recaudatorios, al imponer estas sanciones sin garantías procedimentales", añaden.