Fiscalidad
Las grandes novedades de la declaración de la renta de este año
Este año hay nuevas deducciones para vehículos eléctricos y sistemas de recarga y la ampliación del plazo de aplicación de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas
Novedades de la declaración de la renta 2024.
La presentación de la declaración de la renta está a la vuelta de la esquina. Comienza el 3 de abril para aquellos contribuyentes que hagan este trámite administrativo a través de Internet.
Este año, la declaración de la renta presenta algunas novedades a tener en cuenta como la reducción del porcentaje del rendimiento neto, las nuevas deducciones para vehículos eléctricos y sistemas de recarga, la ampliación del plazo de aplicación de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas o nuevos límites excluyentes de la obligación de retener.
Los expertos de Lefebvre, la compañía líder en España en soluciones de gestión y conocimiento para profesionales del sector jurídico y empresarial, explican cuáles son las nuevas normas para el ejercicio de 2023:
Se establece la obligación de presentación de la declaración por medios electrónicos siempre que la Administración Tributaria asegure la atención personalizada a los contribuyentes que precisen asistencia para el cumplimiento de la obligación.
Será obligatorio presentar declaración para aquellos contribuyentes que en cualquier momento del año hubieran estado dados de alta como trabajadores por cuenta propia (autónomos).
Se incrementa el límite que excluye de la obligación de presentar declaración para aquellos contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo hasta los 15.000 euros (hasta 31 de diciembre de 2022, 14.000 euros), cuando no les sea aplicable el límite general de 22.000 euros, siempre que:
1. Procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores por orden de cuantía no supere los 1.500 euros anuales.
2. Perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos distintas de la que perciben los hijos.
3. El pagador del rendimiento del trabajo no esté obligado a practicar retención a cuenta.
4. Se perciban rendimientos del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
Respecto a las grandes fortunas, el Tribunal Constitucional ha desestimado los recursos interpuestos tanto por la Comunidad de Madrid como por la Junta de Andalucía y la Xunta de Galicia contra el Impuesto de Solidaridad sobre las Grandes Fortunas. Las novedades establecidas para el impuesto son las siguientes:
Se prorroga indefinidamente el precitado impuesto hasta que no se revise la tributación patrimonial en el contexto de la reforma del sistema de financiación autonómica.
Se ha extendido el mínimo exento de 700.000 euros a todos los sujetos pasivos del impuesto, con independencia de que sean o no residentes en España.
Se establece la obligación de declaración del impuesto por medios electrónicos.
Además, los expertos de Lefebvre dan las claves para la presentación de la renta:
1. Llevar un registro de los ingresos y gastos, para poder revisar con exactitud los datos que proporciona la Agencia Tributaria en el borrador de la declaración o en los datos fiscales. Hay que tener en cuenta que cualquier ingreso obtenido en el ejercicio es susceptible de ser incluido en la declaración.
2. Informarse sobre las deducciones que son aplicables, tanto a nivel estatal como autonómico.
3. Para evitar errores comunes, hay que revisar cuidadosamente el borrador de la declaración, tanto en lo que respecta a los ingresos, gastos y deducciones aplicables, como a los datos personales y familiares.
4. Planificar las ventajas fiscales aplicables durante el ejercicio. Si se tiene la oportunidad de realizar acciones que puedan reducir la factura fiscal, es importante informarse exhaustivamente de los requisitos necesarios.
5. Por último, aprovechar las ventajas fiscales aplicables a cada situación personal y familiar, que pueden incluir beneficios por inversiones o por cambios en la situación familiar, entre otras.
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