Fiscalidad

Declaración de la renta: ¿qué es el IRPF y cuándo se presenta en 2024?

La campaña de la declaración de la renta de este año arranca el próximo 3 de abril hasta el próximo 1 de julio

Hacienda: así es la cuantiosa devolución del IRPF a este grupo de jubilados

Archivo - Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria

Archivo - Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria / Carlos Luján - Europa Press - Archivo

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P. G.

La campaña de la declaración de la renta de este año arranca el próximo 3 de abril hasta el próximo 1 de julio. Para los que hagan el trámite por Internet lo podrán hacer desde el mismo día 3, mientras que a partir del 7 de mayo se podrá hacer vía telefónica contactando con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Los contribuyentes que prefieran acudir a las oficinas de la AEAT podrán hacerlo a partir del 3 de junio.

¿Qué es el IRPF?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que deben pagar al Estado los ciudadanos residentes en España. Grava la renta que se ha obtenido a lo largo de un año, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de cada persona.

¿Qué se entiende por renta a efectos del IRPF?

La renta del contribuyente es la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.

La renta comprende:

  • Los rendimientos del trabajo: contraprestaciones o utilidades, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas, como por ejemplo los sueldos y salarios, las prestaciones por desempleo o las pensiones).

  • Los rendimientos del capital inmobiliario y mobiliario: contraprestaciones o utilidades, dinerarias o en especie, que provengan, directa o indirectamente, de elementos patrimoniales, bienes o derechos, que sean propiedad del contribuyente y que este no necesite para la obtención de los rendimientos empresariales o profesionales (al contrario de lo que ocurre, por ejemplo, con el inmueble donde el contribuyente realiza su actividad).

  • Los rendimientos de las actividades económicas (por ejemplo, de fabricación, comercio o prestación de servicios, incluidas las de artesanía, agrícolas, forestales, ganaderas, pesqueras, de construcción, mineras, y el ejercicio de profesiones liberales, artísticas y deportivas).

  • Las ganancias y pérdidas patrimoniales.

  • Las imputaciones de renta que se establezcan por ley.

Existe un mínimo personal y familiar que, por destinarse a cubrir las necesidades vitales del contribuyente y de las personas que de él dependen, no se somete a tributación. Asimismo, está exenta la renta que se califique expresamente como tal en la normativa de IRPF o en otra ley. No se puede invocar la exención fuera de los casos recogidos en las leyes.

Cambios inminentes en el IRPF

En la actualidad, existe un mínimo exento de retención a cuenta del IRPF de 15.000 euros al año. Este año se incrementa este mínimo hasta los 15.875 euros que es, exactamente, la misma cantidad en la que quedará situada la cuantía anual del SMI. Esto se hace para evitar que la subida del salario mínimo en 2024 -desde una cuantía brutal anual de 15.120 euros en 2023 a 15.875 euros este año- se traduzca en un perjuicio fiscal.

Este mínimo exento de retención de 15.876 euros, con carácter general, será superior en función de las circunstancias familiares del contribuyente y podrá llegar a 19.262 euros para el caso de un trabajador con dos hijos o más y un cónyuge con rentas inferiores a 1.500 euros al año (en la actualidad este máximo es de 19.241 euros).

Impuestos: tramos de IRPF en España

En España, el IRPF se divide en diferentes tramos o escalas impositivas que determinan el porcentaje de impuestos que se aplicará a los ingresos de los contribuyentes. A continuación, detallamos los tramos de IRPF vigentes para el ejercicio fiscal actual en España:

Tramo 1: Hasta 12.450 euros, se aplica un tipo impositivo del 19%.

Tramo 2: De 12.450 euros a 20.200 euros, se aplica un tipo impositivo del 24%.

Tramo 3: De 20.200 euros a 35.200 euros, se aplica un tipo impositivo del 30%.

Tramo 4: De 35.200 euros a 60.000 euros, se aplica un tipo impositivo del 37%.

Tramo 5: De 60.000 euros a 300.000 euros, se aplica un tipo impositivo del 45%.

Tramo 6: A partir de 300.000 euros, se aplica un tipo impositivo del 47%.

El porcentaje de la renta obtenida que se paga al Estado depende, en primer lugar, de la clase de renta. La procedente del ahorro tributa a un porcentaje menor que la renta que no forma parte del ahorro, conocida como general.

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Esta renta general tributa de acuerdo a una escala progresiva: el porcentaje de la renta que se paga por el IRPF se incrementa a medida que aumenta la renta. De esta manera se favorece a las personas con menos ingresos.

Además, el contribuyente no tributa por la totalidad de sus ingresos al tipo de retención más alto, sino que los porcentajes se van aplicando uno a uno, empezando por el inferior. Por ejemplo, si una persona ingresa 22.000 euros brutos al año, no paga por el IRPF el 30% de ese total, sino un 19% por los primeros 12.450 euros, un 24% de los siguientes 7.750 euros (segundo tramo) y un 30% por los restantes 1.800 euros (tercer tramo).