Hacienda
Así son las multas que podría ponerte Hacienda si no presentas estos documentos
La Agencia Tributaria puede ponerte serias sanciones si no entregas la Declaración de la Renta
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Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta. /
Al igual que los ciudadanos que trabajan por cuenta ajena o las empresas, los autónomos deben dar cuentas de su actividad a la Agencia Tributaria mediante distintos modelos fiscales y declaraciones. El objetivo de esta actividad fiscal es evitar tributaciones o pagos incorrectos. Los autónomos o trabajadores por cuenta propia pueden recibir multas de la Agencia Tributaria por muchos motivos diferentes, pero uno de los más comunes tiene que ver con la Declaración de la Renta.
Errores de los autónomos con Hacienda
Si eres autónomo y no has presentado la Declaración de la Renta, así como la del IVA y el IRPF, tendrás problemas con la Agencia Tributaria. Además de no entregar los documentos, si has completado de forma errónea los modelos 303 y 130, que se entregan cada trimestre, Hacienda tendrá otro motivo para multarte.
Esto puede ocurrir cuando se presentan varias facturas procedentes de un mismo comercio y algunas de ellas corresponden a gastos deducibles y otras a gastos no deducibles. También podría pasar que no se contabilice el IVA de una factura perdida y que haya problemas cuando el cliente sí que la declare y la Agencia Tributaria investigue.
Cómo son las sanciones de Hacienda a los autónomos
Noticias relacionadasLa Agencia Tributaria determina la cantidad de una multa según el importe total del error y la gravedad de la equivocación. Teniendo en cuenta esto, el total de la sanción podría oscilar entre el 50% y el 150% de la cantidad afectada. También cabe la posibilidad de realizar una investigación sobre la actividad completa del autónomo, si las autoridades deciden que el error se ha realizado intencionadamente.
Cuando la declaración se presenta fuera de plazo, la multa aumenta en función del tiempo que se prolongue el retraso:
Tres primeros meses: recargo de 5% sobre la suma pendiente.
Entre 3 y 6 meses: recargo del 10%.
Entre 6 y 12 meses: recargo del 15%.
Más de 12 meses: recargo del 20% y 3,75% de intereses por retraso.
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