Funcionarios

¿Quiénes pueden beneficiarse de estar en MUFACE?

Concentración de funcionarios ante MUFACE.

Concentración de funcionarios ante MUFACE.

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La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) es el organismo público encargado de prestar asistencia sanitaria y social al colectivo de funcionarios adscritos. Está constituido, aproximadamente, por 1.500.000 personas y su actividad se centra en satisfacer las necesidades de sus mutualistas y sus familias. Sin embargo, hay una serie de requisitos para poder convertirse en beneficiario del organismo.

Quiénes pueden ser beneficiarios de MUFACE

Las personas que se pueden beneficiar del Mutualismo Administrativo son aquellas que sean familiares o asimiladas a cargo de un o una mutualista en alta. A continuación, los casos específicos de posibles beneficiarios de MUFACE:

  • Cónyuge de la persona mutualista, así como la persona que conviva con el mutualista en análoga relación de afectividad a la de cónyuge.

  • Descendientes e hijos/as, naturales o por adopción, de ambos cónyuges o de cualquiera de ellos. Así como los hijos o hijas de la persona que conviva con el mutualista en análoga relación de afectividad a la de cónyuge.

  • Se asimilan a hijos/as y descendientes los y las menores sujetos a acogimiento y tutela legal por el mutualista, su cónyuge o su pareja de hecho, siempre que en estos dos últimos supuestos estos ostenten a su vez la condición de personas beneficiarias del mutualista.

  • Hermanos y hermanas del mutualista.

  • Los ascendientes, cualquiera que sea su condición legal, e incluso adoptivos, tanto del mutualista como de su cónyuge, y cónyuges por ulteriores nupcias de tales ascendientes.

Requisitos para ser beneficiario de MUFACE

  • Vivir con la persona titular del derecho y a sus expensas.

  • No percibir ingresos por rendimientos derivados del trabajo, incluidos los de naturaleza prestacional, y/o del capital mobiliario e inmobiliario, superiores al doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Actualmente, este está en los 600 euros.

  • No gozar de protección, por título distinto, a través de cualquiera de los Regímenes que integran el sistema español de la Seguridad Social, con una extensión y contenidos análogos a los establecidos en el Régimen General.

¿Qué ocurre en caso de fallecimiento?

En caso de fallecimiento de mutualista en alta (en activo o en situación de jubilación), únicamente podrán ser personas beneficiarias del Mutualismo Administrativo quienes sean viudos/as y huérfanos/as de aquel.

Se consideran asimilados a viudos/as quienes perciban pensión de viudedad por haber sido cónyuges legítimos, o pareja de hecho, de funcionarios o funcionarias incluidos en el campo de aplicación del Mutualismo administrativo. Se considera equiparado al huérfano el hijo o hija menor de edad o mayor incapacitado/a que haya sido abandonado/a por progenitor mutualista.

Incompatibilidades con MUFACE

El reconocimiento y mantenimiento de la condición de persona beneficiaria de MUFACE es incompatible con ser asegurado o beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria a través del Sistema Nacional de Salud. La incompatibilidad puede ser absoluta o relativa y depende de varios factores:

  • Incompatibilidad absoluta: cuando la persona beneficiaria pertenezca como titular al Régimen del Mutualismo Administrativo o a otro régimen del Sistema de la Seguridad Social.

  • Incompatibilidad relativa: cuando se pudiera tener acceso a la condición de beneficiario o beneficiaria de más de un mutualista en el ámbito del Régimen del Mutualismo Administrativo, o cuando se pudiera acceder a la citada condición a través de cualquier otro régimen del Sistema de la Seguridad Social.

Cómo darse de alta en MUFACE

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El alta en MUFACE se puede realizar a través de varias vías:

  • Sede Electrónica: de esta manera no será necesario el desplazamiento hasta las oficinas de la Mutualidad.

  • Presencial: en las oficinas de MUFACE, solicitando cita previa o a través de otras oficinas de registro

  • Autorización de dicho titular para poder ser alta en MUFACE o en su defecto, realizar la baja previa en el régimen en el que se encuentre

  • Si la persona beneficiaria es mayor de edad, autorización para que la Mutualidad acceda a sus datos de nivel de renta en la Agencia Tributaria o acreditación documental de su dependencia económica de la persona titular. 

Futuro de MUFACE

Existe un sentimiento de inquietud respecto al futuro de MUFACE, y su fin podría salir muy caro. Hace un mes, el Instituto para el Desarrollo e Integración de la Sanidad (Fundación IDIS), entidad constituida por las principales empresas sanitarias y asociaciones privadas, adivirtió: el coste final de la atención a los mutualistas para el Estado ante esa futurible desaparición del modelo sería de entre 2.950 a 3.030 millones de euros.