Límites al efectivo
Hacienda te puede multar por viajar con más dinero de lo permitido
Imagen de la operación antidroga y contra el blanqueo de capitales en Ibiza.
Hacienda quiere controlar el dinero en efectivo. Los pagos con tarjeta están a la orden del día, lo mismo que las transferencias y los envíos a través de plataformas con Bizum. Este tipo de pagos dejan 'huella' y es fácilmente controlable por la Administración con el objetivo de hacerle un seguimiento, mientras el metálico es diferente y cuesta mucho más seguirle la pista.
Aún con todo, el metálico está muy controlado por la Agencia Tributaria con el fin de frenar el blanqueo de capitales, el fraude fiscal, el tráfico de drogas o la financiación del terrorismo.
Según el artículo 93 de la Ley General Tributaria, todos los bancos están obligados "a proporcionar a la Administración tributaria toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas".
Las entidades financieras comunican a Hacienda todos los movimientos que implican una retirada o ingreso de más de 3.000€ o cualquier operación en la que se utilice un billete de 500€. La información que el banco trasladará a la Agencia Tributaria cuando "salte" alguna de estas alarma abarca desde "movimientos de cuentas corrientes, depósitos de ahorro y a plazo, cuentas de préstamos y créditos y demás operaciones activas y pasivas".
Hacienda indica que se puede viajar con dinero en efectivo sin ningún problema, pero si supera los 10.000 euros por persona se debe notificar. Si se viaja únicamente dentro de España el límite se sitúa en los 100.000 euros, según la Ley 10/2010, de 28 de abril. En todo caso, la Agencia Tributaria explica que puede intervenir en cualquier momento incluso con cantidad inferiores a 10.000 euros cuando "existan indicios de una vinculación a actividades delictivas", recoge la institución en su web.
La Administración también sostiene que puede llegar a multar a los ciudadanos lleven encima más efectivo de lo permitido con sanciones que van desde los 600 euros a los 5.000 euros o incluso la mitad del dinero incautada, siempre y cuando no se haya declarado ante los Servicios de Aduanas o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
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