En el pleno
La mayoría progresista del TC frena el intento de declarar inconstitucional la 'ley rider'
El pleno del Constitucional procederá en próximas reuniones a continuar con las deliberaciones sobre el Real Decreto Ley 9/2021 relativo a los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de las plataformas digitales
La mayoría progresista del Tribunal Constitucional ha frenado la propuesta del magistrado Ricardo Enríquez de declarar inconstitucional la 'ley rider'. Su propuesta, partidaria de estimar el recurso de Vox contra la norma liderada por la vicepresidenta
Yolanda Díaz,
quedó en minoría en las deliberaciones realizadas en la reunión de este martes, por lo que el magistrado decidió retirarla y volver a redactar una propuesta de sentencia que refleje el acuerdo de la mayoría de los magistrados, proclives a avalar la ley, informaron a EL PERIÓDICO DE CATALUÑA, del grupo Prensa Ibérica, fuentes del tribunal de garantías.
El pleno del
Constitucional
procederá en próximas reuniones a continuar con las deliberaciones sobre el Real Decreto Ley 9/2021 relativo a los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de las plataformas digitales, pero lo hará a partir de la ponencia del magistrado Ramón Sáez Valcárcel, al que le correspondió el recurso que el PP presentó contra la norma, y que es partidario de avalarla, criterio que será el que se seguirá también con la impugnación de Vox.
Los 11 magistrados que actualmente componen el Constitucional se reúnen cada dos semanas, pero aún no se conoce el orden del día de futuras reuniones, por lo que aún se desconoce cuándo resolverá el primer recurso de inconstitucionalidad y se marcará el camino de las demás presentadas contra esta ley. La retirada de la ponencia de Enríquez, de sensibilidad conservadora, al haber quedado en minoría en las deliberaciones, y la decisión de que sea la ponencia de Sáez Valcárcel la que se vea en primer lugar significa que la norma acabará siendo avalada por el tribunal de garantías.
La ley, negociada durante seis meses entre el
Ministerio de Trabajo
, la patronal y los sindicatos, introduce básicamente dos novedades en los derechos laborables de las personas dedicadas al reparto a través de plataformas digitales. Por un lado, explicita en el Estatuto de los Trabajadores que los repartidores de las plataformas digitales son asalariados, como declaró el Tribunal Supremo cada vez que se ha pronunciado al respecto.
Por otro, obliga a todas las empresas a explicar las implicaciones laborales de sus algoritmos en el día a día de los trabajadores para entender las decisiones que les afectan.
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