INVESTIGACIÓN

El Barça "simuló contratos" que permitieron al exjugador de basket Víctor Sada defraudar a Hacienda

Una sentencia del TSJ catalán confirma la decisión del Tribunal Económico-Administrativo, que dictaminó que los acuerdos firmados entre el FC Barcelona y la entidad U1ST Sports pretendían "encubrir" el cobro de 177.029 euros que el ahora técnico del filial blaugrana destinó a retribuir a su representante

Víctor Sada (i) frente a Sergio Rodríguez

Víctor Sada (i) frente a Sergio Rodríguez / JAVIER CEBOLLADA

Tono Calleja Flórez

La justicia ha dictaminado que el FC Barcelona ayudó a que su exjugador de baloncesto Víctor Sada defraudara a Hacienda. Así consta en una sentencia de 25 de enero de 2023, a la que ha tenido acceso en exclusiva EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, que fue dictada por la Sección Primera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia catalán (TSJCat). Los magistrados sostienen que el club blaugrana firmó "contratos simulados" con una empresa intermediaria que permitieron que el que también fuera jugador de la Selección española ocultara al fisco ingresos por 177.029 euros.

Sin embargo, la actuación del FC Barcelona no merece para el tribunal ningún reproche penal a raíz de este procedimiento contencioso-administrativo, habida cuenta de que se centra exclusivamente en la figura de Víctor Sada, ahora entrenador asistente del Barça Atlètic, el filial del club.

En el fallo, los magistrados confirman la decisión del Tribunal Económico-Administrativo de Cataluña que había acordado un regularización fiscal tras detectar la simulación de contratos entre el club y la entidad U1ST Sports Basket España SL (agente representante del jugador), "encubriendo" parte de los rendimientos del exjugador, en concreto 69.037 euros en 2012; 71.995 euros en 2013 y 35.997 euros en 2014.

El "encubrimiento" consistió en que el FC Barcelona firmó un contrato con el agente, a la vez que lo hacía con el jugador. "En el presente caso, procede confirmar la existencia de simulación o dicho de otro modo, la concurrencia de los requisitos que permiten determinar que el agente es un prestador de servicios para el jugador (recurrente) y no para el club", constatan los magistrados, que destacan que la Inspección desplegó "una considerable actividad probatoria" que demuestra "la efectiva existencia de la simulación". "La Sala comparte la valoración probatoria efectuada por la Inspección", destaca la resolución judicial.

Los indicios

El fallo enumera los indicios que llevan a concluir al TSJ catalán que en realidad el agente actúa por cuenta del jugador y no del Barça. Como por ejemplo que cuando el club contrató a Sada, el 1 de agosto de 2008 y le renovó el 15 de agosto de 2012, de forma paralela, los mismos días, el FC Barcelona firmó dos acuerdos: "Los laborales con el jugador y los ahora analizados, de contenido similar, de representación y gestión. A la firma de estos últimos comparecen en el primer caso, el club y la entidad U1ST Sports y en el segundo caso, el club, la entidad y el jugador".

Otro indicio de que los contratos fueron irregulares, siempre según la sentencia, es que en el texto de los mismos se alude a la entidad U1ST Sports "en su condición de agente del jugador", pese a no aportarse contrato del deportista con su representante. En la cláusula 5 del contrato de 2012 se reconoce expresamente la vinculación existente entre U1ST Sports y el jugador.

Además, los contratos con el agente se vinculan a la existencia del acuerdo firmado entre el jugador y el club, por lo que el acuerdo legal del Barça con U1ST Sport se extinguiría de forma automática en cuanto finalizara la relación laboral del jugador. "Nadie mejor que el recurrente sabía que la entidad U1ST Sports era su agente en las negociaciones y posterior firma de sus contratos de trabajo con el FC Barcelona, siendo aquél el que tenía que remunerar a su agente por los servicios prestados. Por lo tanto, si se pacta que dichos pagos los realice el club que lo contrató por su cuenta, estos pagos suponen una retribución más derivada de su relación laboral con el club, constituyendo en definitiva, rentas del trabajo", prosigue la resolución.

El Barça, un "intermediario"

Y en este caso el Barça actúa, continúa la sentencia, "como un mero intermediario en el pago pues, en lugar de abonar los importes correspondientes al jugador y que éste posteriormente pague al agente por los servicios que le ha prestado, efectúa los pagos directamente al agente. En consecuencia", recalca la Sala, "el deudor de los servicios prestados por la entidad U1ST Sports no es el FC Barcelona sino el jugador (el recurrente), de tal modo que los pagos deberían haber sido realizados por éste y no por el club".

Y que estas rentas no fueran declaradas constituye, dicen los magistrados, "una conducta claramente dolosa" por parte de Víctor Sada: "Como no puede ser de otra manera en los supuestos de simulación, el obligado tributario es perfectamente consciente de que él es el deudor de los servicios prestados al agente, en tanto sólo a él benefician tales servicios", concluye el fallo.

En relación a la pretensión de Sada de que se le deduzca en las liquidaciones la cantidad que él considera debería haber abonado el Barça, los magistrados la rechazan, al considerar que el exjugador "participó activamente en la simulación tendente a eludir la tributación como rendimiento de trabajo de las cantidades satisfechas por el FC Barcelona, por lo que la causa de que no se haya practicado la retención no se puede imputar exclusivamente al retenedor sino que también al recurrente".

Un expediente en 2017

Hacienda abrió el 20 de febrero de 2017 un expediente para comprobar el IRPF de Sada, que acabó con un acta de disconformidad y un acuerdo de liquidación provisional. El 25 de abril de 2017 se le incoó un procedimiento sancionador que concluyó el 19 de octubre de 2017 mediante la notificación de un acuerdo por el que se le imponían tres sanciones por la comisión de otras tantas infracciones tributarias graves.

El exjugador del Barça fue sancionado por no abonar de forma correcta el IRPF de los años 2012, 2013 y 2014 por los contratos de “representación y gestión” formalizados por el FC Barcelona con la entidad U1ST Sports, que se firmaron en las mismas fechas en las que el exjugador fue contratado por el Barça, en concreto el 1 de agosto de 2008 y el 15 de agosto de 2012.

Estos contratos, a juicio de la Inspección, fueron "simulados" para "encubrir" con "fines defraudatorios" los rendimientos que Sada destinaba a retribuir a su representante. Sin embargo, el abogado del ahora técnico del filial del Barça defendió que la sanción que le impusieron fue improcedente, ya que consideró que fue acordada por la Administración "en base a indicios y presunciones sin prueba alguna de la comisión de la infracción". Por eso, creía que se había vulnerado su presunción de inocencia.

Sentencias anuladas en el fútbol

La sentencia del TSJ catalán ha sido recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, por lo que no es firme. En este sentido, EL PERIÓDICO DE ESPAÑA adelantó que el alto tribunal ya dio la razón al Real Madrid y anuló cuatro liquidaciones, por casi tres millones de euros, que el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) había impuesto al Real Madrid por sufragar en los fichajes el IVA a los agentes de los jugadores de fútbol.

El Real Madrid y los principales equipos de LaLiga habían abonado suculentas cantidades a los agentes de los jugadores de fútbol por los fichajes, traspasos, las rescisiones de los contratos o la ampliación o modificación de los mismos. Las facturas emitidas por los representantes incluían el IVA, por lo que las entidades se deducían el correspondiente impuesto. Y era este impuesto el que el Tribunal Económico Administrativo exigía a los clubes que pagaran junto a una sanción, pues consideraban que estos fondos deberían sufragarlos los jugadores.

La versión del Barça

Pero la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional dictó el pasado 23 de febrero cuatro sentencias que obligan a Hacienda a anular las millonarias liquidaciones y las correspondientes sanciones.

El FC Barcelona, ante las preguntas de esta redacción sobre el fallo contra Sada, ha contestado, de forma literal: "No tenemos noticias de esta sentencia ni nosotros éramos parte en el procedimiento. Debe ser fruto de una inspección hecha al jugador. No podemos dar nuestra versión de los hechos sobre algo que desconocemos absolutamente". En el mismo sentido, el club recuerda que en el caso de los pagos de los agentes de los deportistas "existe una discrepancia interpretativa, desde hace años, entre la administración tributaria, los diferentes club de fútbol y basket , y los jugadores".