RESIDENTES PERMANENTES

Los vascos residentes en el extranjero de forma permanente recibirán la documentación en su domicilio: estas son las fechas

Euskadi celebrará el próximo 21 de abril sus 13ª elecciones autonómicas

Así recibirán los vascos residentes en el extranjero de forma permanente la documentación para ejercer el derecho a voto

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Electores ejerciendo el voto

Electores ejerciendo el voto / MARTA G. BREA

Euskadi celebrará el próximo 21 de abril sus 13ª elecciones autonómicas. Las elecciones se podrán votar de vía presencial o telemática, tal y como se ha recogido en la convocatoria publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

Por tanto, los vascos residentes en el extranjero de forma permanente recibirán sin solicitarlo del 16 al 22 de febrero documentación en su domicilio para votar en las próximas elecciones al Parlamento Vasco del 21 de abril. Por su parte, los residentes temporales pueden inscribirse ya y hasta el 23 de marzo en el Registro de Matrícula Consular como "no residente", según ha informado el Gobierno Vasco.

Voto por correo de 'residentes temporales' en el extranjero

Hasta el 11 de abril, aquellas personas que vivan en Euskadi o residan de manera temporal en el Estado o en el extranjero, pueden realizar los trámites del voto por correo. Una vez recibida la documentación, el último día para remitirla por correo certificado será el 17 de abril. Para poder votar por correo, las personas residentes temporalmente en el extranjero pueden inscribirse ya como 'no residentes' en el Registro de Matrícula Consular hasta el próximo 23 de marzo.

Desde el momento en el que se haya realizado la inscripción, el ciudadano puede recoger el impreso de solicitud de voto por correo, descargárselo de la web del Gobierno Vasco.

Una vez realizada la solicitud, la oficina del Censo Electoral remitirá la documentación y las papeletas electorales por correo certificado para que el elector o electora las envía, también por correo certificado a su mesa electoral en Euskadi, entre el 26 de marzo al 17 de abril.

Voto por correo de 'residentes permanentes' en el extranjero

Por otro lado, los residentes en el extranjero de forma permanente recibirán automáticamente la documentación en su domicilio sin tener que solicitarlo. Por tanto, entre el 16 de marzo al 22, estas personas recibirán por correo certificado la documentación necesaria para votar, a excepción de las papeletas.

Del 27 al 31 de marzo recibirán por correo ordinario las papeletas de todas las candidaturas. Desde que el ciudadano haya escogido el voto, se podrá remitir al Consulado correspondiente, por correo certificado, hasta el 16 de abril, o en su caso, depositarlo en la urna del consulado entre el 13 y el 18 de abril.