INFRACCIÓN POR OCULTAR DATOS
Gobierno y CNMC dejan sin sanción a grandes aerolíneas por no ponerse de acuerdo sobre quién debe hacerlo
El Ministerio de Transportes y el organismo de Competencia se señalan mutuamente como responsables que gestionar las infracciones de las compañías que no cumplen con la obligación de desvelar sus previsiones de tráfico a Aena
Un avión despega de terminal 1 del aeropuerto de El Prat. /
Las grandes aerolíneas que operan en el mercado español están obligadas por ley a transmitir a Aena sus previsiones de tráfico aéreo para que el gestor de los aeropuertos pueda calcular su propuesta de cuánto subir o cuánto bajar las tarifas aeroportuarias de cada año. Sin esa información por anticipado, ni Aena -que hace la propuesta- ni la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) -que finalmente la aprueba- pueden calcular qué hacer con las tasas que pagan las compañías aéreas por hacer uso de los aeropuertos españoles.
En concreto, son las diez primeras compañías por volumen de tráfico aéreo las que deberán aportar a Aena sus previsiones de crecimiento anual de pasajeros, segmentados al menos en tráfico nacional e internacional; y dentro del segmento internacional se recomienda separar la estimación de tráfico dentro y fuera de la Unión Europea o distinguir entre rutas de medio y de largo recorrido. Año tras año, las grandes aerolíneas facilitan esos datos a requerimiento de Aena, pero en los últimos ejercicios algunas compañías no han cumplido con esa obligación.
Según las últimas resoluciones de la CNMC sobre establecimiento de tarifas aeroportuarias, el año pasado no atendieron el requerimiento Air Nostrum, Binter Canarias y Norwegian. Y en el ejercicio anterior fue Eurowings (filial del gigante aéreo alemán Lufthansa) la que no facilitó los datos. Y en esas mismas resoluciones se advierte que se trata de una infracción de las obligaciones recogidas en la ley 18/2014, la normativa relativa a cómo elaborar y desarrollar los sucesivos Documentos de Regulación Aeroportuaria (DORA) que rigen la actividad, las inversiones y las retribuciones de Aena por periodos de cinco años.
Pero las compañías aéreas no han sido expedientadas ni sancionadas porque la CNMC y el Gobierno no se ponen de acuerdo sobre quién es el encargado de hacerlo, y se señalan mutuamente como responsables. El Ministerio de Transportes ve claro que el organismo que debe valorar las posibles infracciones es Competencia y desde la CNMC se esgrime que esa labor excede de sus responsabilidades y por eso se limita a comunicar los incumplimientos al Ministerio para que actúe, según confirman a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA fuentes oficiales de ambas instancias, que admiten que no se ha activado ningún procedimiento sancionador en este ámbito.
El Gobierno subraya que la ley 18/2014 establece qué tipo de infracciones debe sancionar la CNMC, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea o la Dirección General de Aviación Civil (artículo 44). Y que en ese reparto queda claro que es la CNMC es la responsable de determinar las infracciones por no facilitar a Aena la información exigida o facilitar información incompleta, inexacta o falsa por parte de las compañías (artículo 43).
La interpretación de la CNMC es muy distinta. Desde el organismo presidido por Cani Fernández se apunta que su responsabilidad para determinar infracciones por no facilitar información en el procedimiento de consulta para fijar las tarifas aeroportuarias se limita a que las cometiera Aena, pero no si lo hacen las aerolíneas. “Para el caso concreto de las compañías áreas, la CNMC no tiene competencias para sancionar y por eso siempre remitimos al Ministerio esa información para que ellos, que son los competentes, actúen al respecto si lo consideran oportuno", indican desde el supervisor.
La CNMC entiende que su misión es supervisar que la propia Aena ha cumplido con el procedimiento de consulta y transparencia y asegurarse de que las tarifas que se fijen se ajustan a la normativa vigente. El organismo considera que la sanción por infracción muy grave prevista en la ley por no facilitar información se dirige exclusivamente a Aena, y que sería “totalmente desproporcionado” aplicárselo también a las compañías aéreas.
Por ello, las infracciones de las aerolíneas son comunicadas a la Dirección General de Aviación Civil para su conocimiento y, en su caso, para que determine el Ministerio de Transportes si deben ser sancionadas. Algo que no ha sucedido y, previsiblemente, no sucederá, dado que el Gobierno considera que es la propia CNMC la que debe encargarse.
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