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Declaración de la Renta: si perteneces a este colectivo, debes presentarla obligatoriamente

Renta Open Web 2024: así funciona el simulador para hacer la declaración

Renta Open Web 2024: así funciona el simulador para hacer la declaración / SHUTTERSTOCK

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Pedro Sanjuán

La campaña de la Renta en España finalizará el próximo 1 de julio de 2024. Antes de esa fecha, millones de trabajadores españoles habrán entregado la Declaración de la Renta al organismo tributario de Hacienda. Este año, además hay novedades. Hay una serie de trabajadores que tendrán que presentar el documento de forma obligatoria por primera vez.

Aviso de la Agencia Tributaria

Cualquier persona que haya estado en el régimen de autónomos en 2023 deberá hacer la Declaración de la Renta. Da igual si han obtenido o no ingresos, ganancias o pérdidas. Así lo indica la Agencia Tributaria ante el arranque de la campaña de este año.

Una modificación del reglamento del IRPF, con efectos desde el 7 de diciembre del pasado año, lo contempla: "Se incorpora la obligación de declarar para todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar".

Qué pasaba en el ejercicio anterior

En el pasado ejercicio fiscal solo tenían la obligación de presentar la declaración aquellos autónomos que hubieran superado los 1.000 euros de ingresos. Este año desaparece ese mínimo exento. Los trabajadores autónomos también deberán considerar que el porcentaje de gastos de difícil justificación pasa del 5 % al 7 %. 

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“Es importante señalar que solo tienen derecho los autónomos que realicen actividades profesionales, no empresariales, y que lo hagan por el régimen de estimación directa, quedando, por tanto, excluidos los que lo hagan por módulos”, recuerda Antonio Gallardo, experto de Banqmi.

Deducciones de los autónomos

En cuanto a las deducciones, en materia estatal pueden desgravarse el vehículo; formaciones relacionadas con el negocio que desempeñen; sus ganancias; las cuotas que han ido pagando al RETA (Régimen Especial para Trabajadores Autónomos), entre otros. No hay que olvidarse de que algunas comunidades autónomas (Madrid, Asturias o Canarias, por ejemplo) disponen de deducciones autonómicas adicionales.