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Los autónomos estarán obligados a presentar la declaración de la renta 2023 independientemente de sus ingresos

Otra de las novedades es que el porcentaje de gastos de difícil justificación pasa del 5 % al 7 %

Los autónomos estarán obligados a presentar la declaración de la renta 2023 independientemente de sus ingresos.

Los autónomos estarán obligados a presentar la declaración de la renta 2023 independientemente de sus ingresos. / EP

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Los autónomos estarán obligados a presentar la declaración tengan pérdidas o ganancias. Se trata de una de las principales novedades de la campaña de la declaración de la renta de 2023, que dará comienzo el próximo 3 de abril y acabará el 1 de julio.

Los trabajadores autónomos también deberán considerar que el porcentaje de gastos de difícil justificación pasa del 5 % al 7 %. “Es importante señalar que solo tienen derecho los autónomos que realicen actividades profesionales, no empresariales, y que lo hagan por el régimen de estimación directa, quedando por tanto excluidos los que lo hagan por módulos”, recuerda Antonio Gallardo, experto de Banqmi.

En cuanto a las deducciones, en materia estatal pueden desgravarse el vehículo; formaciones relacionadas con el negocio que desempeñen; sus ganancias; las cuotas que han ido pagando al RETA (Régimen Especial para Trabajadores Autónomos), entre otros. No hay que olvidarse de que algunas comunidades autónomas (Madrid, Asturias o Canarias, por ejemplo) disponen de deducciones autonómicas adicionales.

Uno de los problemas del trabajador por cuenta propia al declarar la renta es que la Agencia Tributaria no cuenta con toda la información relacionada con su actividad. “Aunque el autónomo reciba información sobre parte de sus gastos y rendimientos esta es incompleta y debe realizar siempre una comprobación y verificación adecuada para evitar errores y el engorro de realizar rectificaciones o declaraciones complementarias”, explica el experto de Banqmi.

Es por ese motivo que, desde Banco Mediolanum, recuerdan que “lo más importante es contar con un profesional especializado a la hora de hacer la renta, puesto que es un tema complejo y el no saber hacerla no exime al contribuyente de presentarla correctamente”.

Algunas ayudan deben incluirse en la declaración

Hay que recordar que, durante el 2023, se han recibido una serie de ayudas. Una de ellas es la conocida como la ayuda de 200 euros. Se trata de una medida que aprobó el Gobierno para las personas que no superaran los 27.000 euros anuales en ingresos y los 75.000 euros anuales en patrimonio. Como esta ayuda es una ganancia patrimonial es obligatorio incluirla en la declaración de la renta de este año.

Por otro lado, los jóvenes que hayan sido beneficiarios del bono alquiler y que hayan percibido la cuantía de esta ayuda durante 2023 tendrán que incluirla en la declaración, puesto que esta ayuda no está exenta de IRPF.

“Es importante señalar que las cantidades que se deben incluir son las efectivamente cobradas en el ejercicio, no las que se tuviera derecho”, especifica Gallardo. Esto significa que, si a un beneficiario le corresponden 3.000 euros, pero durante 2023 tan solo ha cobrado 1.500, tan solo tendrá que declarar 1.500, que es la cantidad percibida.

Ley de Vivienda y declaración de la renta

Los inversores con inmuebles en alquiler deberán considerar los cambios aplicados con la Ley 12/2023 del 24 de mayo, la Ley de Vivienda, en cuanto a la declaración de la renta se refiere.

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Esta Ley establece que en todos los contratos firmados después del 26 de mayo de 2023 se aplicará una deducción del 50% en vez del 60% que se aplicaba anteriormente. Dicha deducción se podrá ampliar si la zona se declara como tensionada y se reduce el precio del alquiler (deducción del 90); si la vivienda se alquila por primera vez a jóvenes menores de 35 años (deducción del 70%); si se dona la propiedad a la administración o a una entidad sin ánimo de lucro (deducción del 70%) o si en los dos años anteriores se ha rehabilitado la vivienda (deducción del 60%).

En el campo de las inversiones el contribuyente también debe tener cuidado, ya que la Agencia Tributaria no cuenta con toda la información. “La Agencia Tributaria solo informa de las operaciones sujetas a retención como los dividendos o las ganancias por venta de participaciones de fondos de inversión. Pero incluso en estos casos hay que comprobar muy bien la información que sea la correcta. Hay que poner especial énfasis a los dividendos de empresas en el extranjero si están regidos por una doble retención, y por tanto tributación, en España y en el país de origen”, subraya Gallardo.