Multa

Esto es lo que tienes que hacer para recurrir una multa con éxito

Multa en un parabrisas.

Multa en un parabrisas.

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G. C.

Semana Santa está a la vuelta de la esquina. Eso se traduce en millones de desplazamientos por el país, lo cual conllevará también millones de multas. Nuestra primera reacción es lamentarnos y pensar en cómo vamos a pagar la sanción, pero también existe la opción de recurrir. Hay muchos aspectos que hay que saber para recurrir una multa con éxito. Por ello, estas son las claves para recurrir correctamente una multa.

Indicaciones para recurrir una multa

Tenemos que tener en cuenta el tipo de notificación a la hora de recurrir, al igual que la causa específica de cada multa. Sin embargo, hay algunas pautas generales que se pueden seguir. Por ejemplo, si la multa es notificada el acto y proviene de algo derivado del comportamiento en la conducción (mirar el móvil, exceso de velocidad, circulación temeraria...). Si se trata de uno de estos casos, se abre un plazo de 20 días naturales para recurrir.

Esperar a que la multa nos llegue a casa

Si nos encontramos un boletín en el parabrisas en el que no aparecen nuestros datos, aunque nos lo hayan dejado en ese momento, deberemos esperar a recibir la denuncia a nuestro nombre. Las multas que recibimos en casa, y que deben llegar por correo certificado, son recurribles desde el día siguiente al que las recibimos, y según el momento procedimental de que se trate, el plazo puede ser de 20 días naturales, 10 días hábiles o un mes, esto con carácter general.

Qué hacer cuando llega la multa

Ante todo, hay que leer muy bien la notificación, pues en caso de ser los titulares del vehículo, si no nos han entregado la multa en mano, el organismo lo primero que quiere saber es quién conducía el vehículo, para lo que el trámite a cumplir sería hacer un escrito facilitando solamente los datos del conductor, incluso en el supuesto de serlo uno mismo.

Si, en cambio, la multa ya viene a nuestro nombre porque ya nos ha identificado el titular, hay que fijarse en dos cosas: si viene alguna foto, y el plazo que transcurrido desde la fecha de la multa hasta que la recibimos, pues según el tiempo que haya pasado (3 o 6 meses) se podrá alegar prescripción de la infracción.

Ten en cuenta la calidad de la imagen

Si no estamos de acuerdo con la sanción y queremos impugnar la multa, no debemos pagar con descuento, porque si lo hacemos perdemos el derecho a la bonificación. Si pagamos, mostramos nuestra conformidad con los hechos denunciados, el procedimiento se da por finalizado y, si conlleva puntos, estos se detraerán en breve.

Recurrir y no pagar con descuento

Si deseamos recurrir y no pagar con descuento, hay que realizar un escrito que, en líneas muy generales, se compone de un encabezamiento (a quién nos dirigimos y quién lo presenta), los hechos o el relato de los mismos, los fundamentos jurídicos, es decir, los derechos que entendemos vulnerados y la solicitud de las pruebas que estimemos oportunas, y el suplico o petición.

Una vez se presente el escrito por el cauce oportuno (por registro, por correos, o de forma telemática sin se trata de una empresa), quedaremos a la espera de que la Administración conteste al escrito, respuesta que siempre irá dirigida a la persona que lo ha interpuesto, es decir, el sancionado.

Cumplir los plazos

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Es muy importante, y lo reiteramos de forma especial, que se cumpla siempre el plazo que se concede al efecto, pues cualquier trámite realizado fuera del plazo carecerá de efectos reales y será, hablando coloquialmente, como no hacer nada.

Sirvan estas pautas como guía que, si bien no evita el inicial disgusto que ocasiona recibir una notificación de este tipo, pueden ayudar a tener las herramientas mínimas para, por lo menos, no estar perdidos a la hora de decidir el siguiente paso a dar.