SEGURIDAD SOCIAL

Los problemas que puedes tener si te mudas y no cambias tu domicilio en la Seguridad Social

Si no se modifica el domicilio fiscal, puedes ser sancionado por ciertas cuestiones

Si no avisas a ciertos organismos del cambio de domicilio, podrás sufrir algunos problemas.

Si no avisas a ciertos organismos del cambio de domicilio, podrás sufrir algunos problemas. / CARLOS LUJÁN

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Redacción

Las mudanzas son un quebradero de cabeza para el común de los mortales, pero si además no se modifica el domicilio fiscal, los problemas pueden perseguirte allá donde vayas. Nos referimos a la dirección del hogar habitual de la persona, donde recibirá las notificaciones pertinentes de la Administración y desde donde se le aplicarán los tributos concretos de la región donde reside. Por esta razón, una vez se acomode la nueva casa, lo aconsejable es comunicar cuanto antes a los organismos públicos el último domicilio fiscal para que no existan dificultades más adelante.

Antes de empezar esta guía, es necesario resolver una primera duda: ¿es necesario renovar el DNI al cambiar de domicilio? En realidad no es obligatorio, pero sí conveniente. Al tener la dirección del domicilio anterior en el documento de identidad, puedes tener dificultades a la hora de realizar ciertos procedimientos. Y además, algunas cuestiones administrativas serán más sencillas si las autoridades saben dónde vives. Todas las multas, citaciones, cartas oficiales y otras comunicaciones importantes llegarían al viejo domicilio, y como consecuencia, tendrías serios inconvenientes si no recibes esta información en el momento.

Qué organismos deben conocer el nuevo domicilio

Dentro de la larga lista de personas a quien deberías comunicar el cambio de tu domicilio, incluidos familiares y amigos, existen ciertos organismos que deberán conocer con absoluta necesidad la nueva dirección. Son los siguientes:

  • Hacienda: Es el único trámite obligatorio, tanto si eres un profesional como si eres una persona física. En el primer caso, el cambio de domicilio deberá realizarse a través del modelo 036 o 037, mientras que la persona física no autónoma lo hará mediante el modelo 030.

  • Ayuntamiento del lugar donde residirás: Mediante la nueva dirección, podrás completar varias gestiones importantes para el día a día, como solicitar plaza en el colegio para tus hijos o matricular el coche.

  • Dirección General de Tráfico: Con el objetivo de que recibas sin problemas las notificaciones y multas, deberás comunicar a este organismo el cambio de domicilio en un plazo de 15 días.

  • Tesorería de la Seguridad Social: Si modificas la dirección de domicilio, podrás solicitar la vida laboral o la tarjeta sanitaria europea.

Hay otros lugares donde deberías informar de tu nueva dirección para evitar problemas. Uno de los principales es acudir al centro de salud de la Seguridad Social a la que corresponde tu nuevo domicilio para poder disfrutar de servicios médicos y de urgencias. Si trabajas por cuenta ajena, se recomienda también comunicar a tu empresa la nueva dirección. Otras firmas relevantes son los bancos y las aseguradoras donde tengas contratado algún servicio, así podrás recibir las facturas y las comunicaciones que envían desde estas compañías.

Problemas derivados de no comunicar el nuevo domicilio

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Por lo general, no es obligatorio comunicar el nuevo domicilio, aunque en algunos casos sí lo es y puede acarrear dificultades para la persona. Por ejemplo, no avisar a la Agencia Tributaria puede conllevar una multa leve de hasta 100 euros. La persona también podría perder beneficios fiscales en la renta por no realizar el cambio, por ejemplo, una deducción vinculada a la vivienda.

Sin infracción aparente, pero con graves consecuencias, no comunicar el domicilio nuevo repercute en las comunicaciones y notificaciones de Hacienda, que no llegarán a su destinatario. De esta manera, el procedimiento continuará su curso porque el organismo dará por hecho que el notificado ha recibido la información.