Hacienda

Renta 2024: estos son los contribuyentes que no tendrán que presentarla

Estos son los grupos de personas que no tendrán que preocuparse de la próxima Declaración de la Renta

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Declaración de la renta: en noviembre llega el segundo pago

Declaración de la renta: en noviembre llega el segundo pago / Marta Fernández - Europa Press

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El año está a punto de acabarse, lo que significa que queda poco para que comience un nuevo ejercicio económico para la Agencia Tributaria. Cuando quede abierta la próxima campaña de la Renta, millones de personas realizarán la Declaración de la Renta. Sin embargo, Hacienda también ha revelado que habrá un grupo de personas que no tendrán que hacer la Renta 2024, y ya sabemos quiénes son.

Novedades tributarias para 2024

Quienes perciban ingresos a partir de un límite, al igual que los beneficiarios de una pensión contributiva de la Seguridad Social, tendrán que presentar el modelo 140 en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Una de las grandes novedades tributarias para el próximo año, incorporada por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, es que solo deberán presentar la Declaración de la Renta aquellas personas que perciban un salario superior a los 22.000 euros anuales, y de un solo pagador.

Más novedades de Hacienda para 2024

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Además, el mínimo exento de tributación en el IRPF de 14.000 euros ha sido elevado a 15.000 euros. Esto quiere decir que si el contribuyente ingresa por debajo de este importe, no tiene que presentar obligatoriamente la declaración de la Renta 2024. Por otro lado, sí que afecta a las personas que tienen dos o más pagadores y cobren más de 1.500 euros a partir del segundo pagar, ya que estarán obligados a declarar si los ingresos superan los 15.000 euros anuales.

Más grupos exentos de presentar la Renta en 2024

También están exentos de presentar la Renta en 2024 estos grupos de pensionistas: beneficiarios de incapacidad permanente, clases pasivas y pensiones de inutilidad, pensiones de orfandad y de viudedad si derivan de actos de terrorismo, grado de discapacidad igual o superior al 65% y pensiones en favor de familiares por incapacidad absoluta del titular.