Según el Banco de España

Advierten que debes hacer esto con tu hipoteca si ya has hecho este paso

La banca eleva a 25.800 millones las hipotecas que vigila por su riesgo de impago.

La banca eleva a 25.800 millones las hipotecas que vigila por su riesgo de impago.

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P. G.

Terminar de pagar la hipoteca es una gran alegría para aquellos compradores de vivienda que han estado pagando durante años. 15 años, 20 años, 25 años... Muchos, en cualquier, caso. En un momento de subidas de tipos como el actual, muchos hipotecados deciden amortizar su deuda y terminar de pagar lo que les queda con el objetivo de que no les encareza la mensualidad 300 euros o más.

Si tras años de pagos finiquistaste tu deuda con el banco todavía hay un último paso que no debes olvidar, tal y como recuerda el Banco de España. Se trata de cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad. Porque aunque hayas pagado la totalidad del préstamo hipotecario, la deuda aún aparece en el registro. Esta hipoteca se inscribe en el mismo momento en el que se compra la casa, cuando se firma ante el notario tanto la escritura de compraventa como la del crédito para poder acceder a la vivienda.

Desde el Banco de España aclaran que este paso es conveniente, aunque no es obligatorio, y además puede implicar gastos adicionales. Para que sea lo más barato posible puedes encargarte de manera personal de los trámites, con el objetivo de ahorrarte los costes de gestoría, o encargárselo al banco con quien tenías la hipoteca.

Si quieres hacer este proceso por tu cuenta, has de seguir los siguientes pasos:

  1. Solicitar a tu banco un certificado de cancelación económica de la hipoteca, o “certificado de deuda cero”, que es gratis.

  2. Buscar una notaría y entregar el certificado para que el notario prepare la escritura de cancelación y contacte con el banco, quién deberá enviar un representante. La notaría podrá cobrarte sus honorarios, pero por el desplazamiento y el trámite de firma de este representante, la entidad financiera no podrá cobrarte nada.

  3. Acudir a la delegación de tu comunidad autónoma y cumplimentar el documento de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), que está exento de pago.

  4. Ir al Registro de la Propiedad con los tres documentos (“certificado de deuda cero”, escritura y copia del impuesto) y cancelar tu hipoteca. Aquí sí deberás pagar los aranceles registrales.

Si prefieres encargar estos trámites a la entidad, puedes hacerlo, pero en ese caso, podrá cobrarte comisiones y gastos, de cuyo importe deberá informarte previamente.

Por último, es importante señalar que no hay plazo para que el representante de la entidad comparezca en la notaría, ni para que la entidad tramite la cancelación, pero la norma establece que las entidades han de actuar con la máxima diligencia, debiendo poner los medios necesarios para atender a sus clientes sin retrasos.

Costes que lleva cancelar la hipoteca

Los costes que conlleva cancelar tu hipoteca son estos:

  • Gastos notariales y registrales

Los gastos de la cancelación de hipoteca están regulados por el Real Decreto-ley 18/2012, del 11 de mayo. El importe exacto dependerá de la cuantía del préstamo.

  • Honorarios de la gestoría

Dependerán de las tarifas aplicadas por cada gestoría, ya que no están limitados por ley.

  • Comisión por reembolso anticipado de hipoteca

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Durante este año, está exenta de comisiones la amortización anticipada de los préstamos hipotecarios a tipo variable, según el Real Decreto-ley 19/2022, que contempla ayudas para los ciudadanos con hipotecas.

Para los préstamos a tipo fijo (y a partir del año próximo para los variables si decae la norma), en el supuesto de amortización anticipada, la entidad podrá aplicarte una comisión, que variará según la fecha de contratación fuera antes o después del 16 de junio de 2019.