VIVIENDA
El Gobierno distingue entre pequeño y gran propietario en el límite del alquiler
Inquilinos y dueños deberán negociar la actualización de la renta con un tope del 2% si no hay acuerdo, aunque en el caso de los pequeños tenedores se podrá pactar un porcentaje mayor
El Gobierno distingue entre pequeño y gran propietario en el límite del alquiler. /
El Gobierno distingue entre pequeños y grandes propietarios en la limitación del alquiler a una subida del 2% hasta el 30 de junio, según el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
La limitación atiende a la necesidad de que la evolución experimentada por el índice de precios de consumo (IPC), que suele ser la referencia para la revisión de rentas y que en febrero se situó en el 7,6%.
A través de esta medida, el inquilino cuya renta deba ser actualizada porque se cumpla la correspondiente anualidad de vigencia de dicho contrato, desde la entrada en vigor del real decreto-ley hasta el 30 de junio de 2022, podrá negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta. En todo caso, en ausencia de pacto, la renta del contrato no podrá actualizarse por encima de la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), un índice situado actualmente en el 2%.
Gran tenedor
Además, se establece que en el caso de que el arrendador sea un gran tenedor, el pacto a alcanzar entre propietario e inquilino no podrá suponer un incremento superior a la variación anual del IGC (2% en la actualidad), a fecha de dicha actualización.
Se entiende como gran tenedor aquella persona física o jurídica que sea titular de más de 10 inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metro cuadrados de uso residencial, excluyendo en todo caso garajes y trasteros.
Ahorros
Noticias relacionadasAsí, en el caso de un contrato de arrendamiento de vivienda de 600 euros, la aplicación de la nueva medida podría suponer un ahorro de más de 33 euros mensuales en el pago del alquiler. La aplicación del IPC actual supondría un incremento de 45,60 euros en la renta mensual, mientras que la aplicación del nuevo máximo, marcado por el Índice de Garantía de Competitividad en el 2%, determinaría un incremento de 12 euros en la renta mensual.
Se trata de "una medida de carácter urgente, necesaria para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania en el ámbito de la vivienda", según el Ejecutivo.
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