CÓRDOBA
Un jubilado consigue que un juzgado le reconozca el complemento de maternidad en su pensión
Tanto el Instituto Nacional de la Seguridad Social como la Tesorería le denegaron el plus, que es del 10% de su prestación
Un hombre pasea con su nieta /
Un jubilado cordobés ha conseguido que un juzgado le reconozca el complemento de maternidad dentro de su pensión. Concretamente, el juzgado de lo Social número 1 de Córdoba ha dado la razón al hombre, después de haber reclamado ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y de la Tesorería General de la Seguridad Social, sin que ninguno de estos organismos le avalara la petición.
María de los Ángeles Garrido ha sido la abogada que ha llevado el caso. Según ha explicado a este periódico, en Córdoba existía solo una sentencia previa en este sentido, y también a nivel nacional, aunque es cierto que pocas de ellas se han ganado en Primera Instancia.
Hasta hace muy poco, solo las madres que se jubilaban (de manera ordinaria, no de forma anticipada) tenían derecho a un plus de maternidad dentro de su pensión por el hecho de haber sido madres. Se trata de una prestación que se creó en el 2016 para abordar la brecha de género dentro de las pensiones.
Derecho a la igualdad
Sin embargo, las sentencias que se han sucedido tras su aplicación, también desde el Tribunal Europeo de Justicia, consideran que la norma que avalaba el plus suponía una vulneración del derecho a la igualdad, dado que los hombres se quedaban sin posibilidad de cobrarlo. Tras esta sentencia, el Gobierno se ha visto obligado a cambiar la norma, pero también ha establecido unos criterios mucho más restrictivos para poder acceder a dicho complemento.
En este caso, solo pueden percibir el plus (o el hombre o la mujer en una pareja, nunca ambos) aquellos jubilados que demuestren que han sido perjudicados en su trabajo después de ser padres. Ese plus es de un 5% si se tienen dos hijos, 10% si se tienen tres o 15% si se tienen cuatro o más.
En el caso del jubilado cordobés, tal y como se expone en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, se establece que el hombre tiene "derecho al incremento de la prestación por jubilación que tiene reconocida con un complemento del 10% [al tener tres hijos] desde la fecha de reconocimiento de dicha prestación". Es decir, que en este caso ese plus se aplicará con carácter retroactivo hasta la fecha en la que el hombre se jubiló que, en este caso, fue en diciembre del 2018.
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