CONDUCTORES
Colgar este objeto en tu coche puede suponer una multa de 200 euros
A. V.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha recordado de nuevo una infracción que pocos conductores conocen, pero que puede implicar una sanción de 200 euros si fueran sorprendidos por los agentes. En concreto, se refiere a una práctica que la mayoría de gente realiza y que es de lo más común: llevar colgado en el retrovisor interior un ambientador.
Puede obstaculizar la visibilidad
Este aspecto puede ser sancionado porque así lo recoge el artículo 19 del Reglamento General de Circulación. De hecho, se especifica claramente que llevar objetos colgando del retrovisor que obstaculicen la visibilidad del conductor, como un ambientador o cualquier otro tipo de adorno, está prohibido y puede resultar en una multa al ser una infracción.
Sin embargo, no se especifica el tamaño exacto a partir del cual se considera que un objeto colgado en el retrovisor obstaculiza la visibilidad, por lo que quedaría a la interpretación de los agentes de tráfico esta consideración. Al igual que ocurre con los ambientadores, cualquier cosa que cuelgue de este aparato puede ser susceptible de infracción: adornos, crucifijos, rosarios, peluches, llaveros, etc.
La superficie acristalada, siempre despejada
Es importante que los conductores tomen en cuenta esta información, ya que el artículo 19 del Reglamento General de Circulación especifica que la superficie acristalada del vehículo debe permitir la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos.
Solo se permite circular con láminas adhesivas o cortinillas contra el sol en las ventanillas posteriores cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan las especificaciones técnicas necesarias.
Por lo tanto, es importante que cualquier objeto colocado en el retrovisor no obstaculice la visión del conductor y no interfiera en su capacidad para conducir con seguridad. Si un agente considera que un objeto colocado en el retrovisor interfiere en la visibilidad del conductor, puede interponer una multa de 200 euros.
Otras infracciones que la gente no conoce
Otra infracción poco conocida que puede resultar en una multa es la conducción en chanclas. Aunque es una práctica común en verano, el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación establece que los conductores deben mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente en la conducción.
Además, deben cuidar la posición adecuada y asegurarse de que los demás pasajeros mantengan la posición correcta y los objetos o animales transportados estén colocados adecuadamente.
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