Sanciones
La UE acuerda aumentar las penas por delitos medioambientales
También se incrementan de 9 a 18 el número de actuaciones tipificadas como delictivas en el ordenamiento jurídico
Redacción/Efe
El Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo, los dos colegisladores comunitarios, han llegado a un acuerdo político sobre una ley que mejorará la investigación y el enjuiciamiento de los delitos contra el medio ambiente en la UE.
La nueva legislación establecerá normas mínimas sobre la definición de los delitos penales y las sanciones, con el fin de proteger mejor el medio ambiente, y reemplazará a la actual directiva de 2008 que ha quedado obsoleta ante la evolución del derecho medioambiental de la Unión, indicó el Consejo en un comunicado.
En concreto, definirá con mayor precisión los delitos contra el medio ambiente y añadirá otros tipos nuevos, a la vez que armonizará el nivel de las penas para las personas físicas y, por primera vez, para las personas jurídicas en todos los Estados miembros de la UE.
El Consejo y el Parlamento Europeo han acordado aumentar de nueve a 18 el número de delitos actualmente tipificados en la legislación penal de la UE.
Entre ellos figuran el tráfico de madera -que es una de las principales causas de deforestación en algunas partes del mundo-, el reciclado ilegal de componentes contaminantes de los buques y las infracciones graves de la legislación sobre productos químicos.
También han pactado una cláusula de "infracción cualificada”, aquellas que se cometan intencionadamente si causan destrucción; daños irreversibles, generalizados y sustanciales, o daños duraderos, generalizados y sustanciales a un ecosistema de tamaño o valor medioambiental considerable, o a un hábitat natural dentro de un lugar protegido, o a la calidad del aire, el suelo o el agua.
Penas más severas
Además, se endurecerán las penas: en el caso de las personas físicas, los delitos dolosos que causen la muerte a cualquier persona conllevarán una pena máxima de prisión de al menos diez años.
Para los delitos cualificados que causen resultados catastróficos se establece una pena máxima de prisión de al menos ocho años y, para los delitos cometidos por negligencia grave que causen la muerte de cualquier persona, una pena máxima de prisión de al menos cinco años
Para los demás delitos dolosos previstos en la legislación, se fija una pena máxima de prisión de al menos cinco años o de al menos tres años.
Por lo que se refiere a las personas jurídicas, la ley establece, para las infracciones más graves, una multa máxima de al menos el 5% de su volumen de negocios mundial total o, alternativamente, 40 millones de euros.
Para todas las demás infracciones, una multa máxima de al menos el 3% del volumen de negocios mundial total de la persona jurídica, o alternativamente 24 millones de euros.
También podrán adoptarse medidas adicionales, como obligar al infractor a restablecer el medio ambiente o compensar el daño, excluirle del acceso a financiación pública o retirarle sus permisos o autorizaciones.
Garantizar la formación de jueves, fiscales y policías
Por otra parte, los Estados miembros tendrán que garantizar la formación de quienes trabajan en la detección, investigación y enjuiciamiento de delitos ambientales, como jueces, fiscales y autoridades policiales, y asegurarse de que estas autoridades dispongan de los recursos adecuados.
El acuerdo deberá aún ser confirmado por ambas instituciones antes de pasar al procedimiento formal de adopción.
La ONG medioambiental WWF dijo en un comunicado que, tras seis meses de negociaciones, los colegisladores de la UE han ultimado los elementos de la directiva revisada, que “refuerza y armoniza la respuesta penal en toda la UE” y supone “un importante paso adelante hacia una mejor protección de nuestro medio ambiente y nuestra sociedad”.
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Contacto de la sección de Medio Ambiente: crisisclimatica@prensaiberica.es
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