IMPUESTOS

¿Tengo que hacer la declaración de la renta en 2022?

La cita anual con Hacienda presenta este año algunas novedades que hay tener en cuenta

Ambiente interior de una delegación de Hacienda de Barcelona durante la campaña de la renta de 2021.

Ambiente interior de una delegación de Hacienda de Barcelona durante la campaña de la renta de 2021. / RICARD CUGAT

3
Se lee en minutos

El próximo 6 de abril se abre el plazo para presentar la declaración anual de la renta y patrimonio (a través de internet). En 2022, la declaración se referirá al ejercicio 2021, y en este año hay que tener en cuenta novedades que afectan a aspectos como los planes de empresa y de pensiones y las rentas del trabajo, entre otros. En 2021 aún había muchas personas en situación de ERTE derivada de la pandemia, y se han dado otras circunstancias, así que aquí van las claves sobre quién tiene que presentar declaración este año.

Quién está exento de presentar declaración

En principio, todas las personas que hayan cotizado tienen la obligación de presentar declaración de la renta. Sin embargo, hay algunas excepciones. Todas aquellas personas cuyo salario anual haya sido inferior a 22.000 euros brutos, siempre y cuando ese dinero proceda de un solo pagador, no están obligadas a presentar declaración, aunque pueden hacerlo si así lo consideran (por ejemplo, si al hacer el borrador, la Agencia Tributaria le indica que le sale a devolver, esto es, que la Administración debería devolverle dinero que, a través de los impuestos correspondientes, le han cobrado de más). Como salario anual hay que incluir, además, pensiones y haberes pasivos, rendimientos procedentes del extranjero y anualidades por alimentos no exentas.

En el caso de haber tenido varios pagadores (lo que incluye a las personas que en 2021 hayan perdido el trabajo y hayan recibido una prestación por desempleo), la renta mínima que obliga a hacer la declaración baja a 14.000 euros. Las personas que han estado en situación de ERTE, y por tanto han tenido varios pagadores, se incluyen en esta categoría si la suma entre el segundo y los demás pagadores no es superior a 1.500 euros anuales.

Aquellas personas que hayan recibido ganancias patrimoniales (por ejemplo, derivada de la venta de un domicilio), están obligados a hacer declaración si la ganancia es superior a mil euros brutos anuales. También quienes hayan sufrido pérdidas patrimoniales superiores a 500 euros. También es obligatorio presentar la declaración si se perciben únicamente rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas no superen el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

Novedades sobre la declaración

En 2022, y en relación al ejercicio 2021, se introduce una novedad en la declaración de la renta: aquellas personas que realicen cualquier operación con criptomonedas están obligadas a declararlo.

También se introduce una novedad en relación a las personas afectadas por daños profesionales que recibieron en 2021 alguna ayuda excepcional, como es el caso de los afectados por la erupción del volcán de La Palma. Estas ayudas están exentas de tributar el IRPF, así que no hay que declararlas.

Simulador de declaración

Noticias relacionadas

Este año, además, la Agencia Tributaria ha puesto a disposición de la ciudadanía un simulador no vinculante, en el que es posible saber si la declaración sale a pagar o a devolver. Puede consultarse en este enlace, en la web de la Agencia Tributaria.

El plazo para presentar la declaración se abre el 6 de abril si el contribuyente utiliza el certificado digital, sistema Cl@ve y número de referencia, mientras que la declaración por teléfono estará disponible a partir del 5 de mayo y las declaraciones presenciales con cita previa en las oficinas de Hacienda, a partir del 1 de junio. El plazo para presentar declaraciones a favor del contribuyente acabará el 27 de junio, mientras que el resto se pueden presentar hasta el 30 de junio.