Tribunales

La justicia da la razón a Luis Rubiales en el litigio con la arquitecta de la reforma de su casa

La sección séptima de la Audiencia de València confirma la sentencia de primera instancia que falló a favor del presidente Real Federación Española de Fútbol (RFEF)

Luis Rubiales, presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), atiende a los periodistas.

Luis Rubiales, presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), atiende a los periodistas. / PEDRO PUENTE HOYOS

Laura Ballester

La sección séptima de la Audiencia de València ha dado la razón al presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) 

Luis Rubiales

 en el litigio que mantenía con el despacho de arquitectos, Gareid Proyectos CB, que reformó la vivienda del ex capitán del Levante UD. Los magistrados de la Audiencia de València ratifican la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 19 de València que estimó en parte la demanda presentada por la arquitecta Yasmina Eid-Macheh, en la que condenaba a Rubiales a abonar la cantidad de 1.544,37 euros al despacho de arquitectura, como deuda pendiente de la reforma de la vivienda. Aunque los profesionales en realidad reclamaban la cantidad de 121.544,37 euros a Rubiales ya que aseguraban que los trabajos de reforma de la vivienda del exfutbolista no habían sido abonados.

La defensa del despacho de arquitectos alegaba que "entre agosto de 2015 y enero de 2016 ejecutó el proyecto y la reforma de la vivienda del demandado [en referencia a Rubiales]. El coste de los servicios ascendió a 128.499,18 € y el demandado únicamente pagó la cantidad de 6.954,81 euros". Por el contrario, la defensa del presidente de la RFEF, dirigida por el letrado José Vicente Gómez Tejedor, confirmó que había contratado a Gareid Proyectos CB para la reforma de su vivienda, pero rechazaba "el importe total de la reforma y la cantidad que se le reclama dado que ha pagado todos los trabajos que han realizado". La defensa de Rubiales aseguró, y justificó, que realizó cuatro pagos al despacho de arquitectos, como ratificaron en el juicio de primera instancia dos trabajadores de la entidad bancaria donde Rubiales tenía cuenta abierta, así como a través de conversaciones de mensajería instantánea aunque "no se le entregó recibo de tales cantidades".

El despacho de arquitectos llegó a demandar a la trabajadora de la entidad bancaria, por falso testimonio en asunto civil, aunque el Juzgado de Instrucción 9 y la sección cuarta de la Audiencia València archivaron esta querella. Aunque del 27 de mayo de 2019 hasta el 1 de septiembre de 2021 la reclamación de la cantidad dineraria por vía civil quedó en pausa hasta que se resolviera el proceso penal.

Tras este paréntesis y examinar las pruebas aportadas en las vistas, los magistrados de la sección séptima de la Audiencia de València hacen suyos los razonamientos de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 19 de València que únicamente condenaba a Rubiales a abonar 1.544,37 euros y condenan al despacho de arquitectos al pago de las costas del recurso ante la Audiencia. Contra la sentencia "no cabe recurso de casación atendiendo a la cuantía, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso de casación por interés casacional, en el plazo de 20 días", según el auto al que ha tenido acceso Levante-EMV, medio de Prensa Ibérica al que también pertenece este diario.