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Esta es la nueva ayuda del SEPE: puedes ganar hasta 500 euros más

Archivo - Una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

Archivo - Una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) / Jesús Hellín - Europa Press - Archivo

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C. Capó

El SEPE, encargado de la gestión del sistema de protección económica y por desempleo, tiene como una de sus principales responsabilidades la administración de la prestación contributiva por desempleo, que puede alcanzar hasta 1.575 euros, así como la provisión de ayudas para aquellos que han agotado su prestación por desempleo y cumplen ciertos requisitos. Estas ayudas comprenden un total de ocho subsidios asistenciales de alrededor de 500 euros.

Actualmente, la legislación contempla ocho tipos de subsidios por desempleo, todos ellos de naturaleza no contributiva, con la excepción del subsidio para mayores de 52 años, el cual cotiza para la pensión de jubilación y tiene una duración indefinida. La cantidad a percibir en todos los casos equivale al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), lo que se traduce en 480 euros mensuales durante todo el periodo de prestación.

Requisitos de la ayuda de 500 euros

  • Estar dado de alta o en situación asimilada al alta.

  • Mantenerse inscrito como demandante de empleo durante todo el periodo de percepción de la ayuda.

  • Firmar el compromiso de actividad y no rechazar ninguna oferta laboral, curso o formación proporcionada por el SEPE.

  • Haber agotado completamente la duración del subsidio por desempleo.

  • No contar con ingresos mensuales que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, es decir, que los ingresos obtenidos durante el periodo de percepción del subsidio nunca deben exceder los 850,50 euros mensuales.

Estas ayudas también se pueden pedir en 2024

Mientras se espera la aprobación de la reforma de los subsidios por desempleo, un paso necesario para poder acceder a los Fondos Next Generation de la UE en los próximos dos meses, el SEPE continúa ofreciendo una serie de ayudas a las personas desempleadas:

Subsidio por desempleo por insuficiencia de cotización

Este subsidio asistencial está destinado a personas desempleadas que han cotizado entre 90 y 359 días y no cumplen los requisitos para recibir la prestación contributiva del SEPE. La duración varía según la situación familiar y el tiempo trabajado, pudiendo extenderse hasta 21 meses, con renovación cada seis.

Ayuda Familiar

Dirigida a quienes han agotado el paro y tienen cargas familiares, como cónyuge sin ingresos y hijos menores de 26 años no empleados. Al cumplir 52 años, el subsidio se ajusta a la edad del beneficiario, variando su duración.

Subsidio para mayores de 45 años sin hijos

Destinado a desempleados mayores de 45 años sin responsabilidades familiares, que han agotado la prestación por desempleo. Su duración es de 6 meses.

Subsidio para mayores de 52 años

Para desempleados de 52 años o más que aún no tienen derecho a la jubilación. Es el único subsidio que cotiza para la pensión de jubilación y su duración es indefinida hasta encontrar empleo o cumplir la edad de jubilación.

Subsidio para emigrantes retornados

Ayuda asistencial para quienes retornan a España sin derecho a paro, siempre que no hayan trabajado en países de la UE, el Espacio Económico Europeo o Suiza, y hayan laborado al menos 12 meses en los últimos seis años. Duración de hasta 18 meses.

Subsidio para liberados de prisión

Para aquellos liberados de prisión con condenas superiores a seis meses, sujeto a ciertas condiciones. Duración de hasta 18 meses.

Subsidio por revisión de incapacidad permanente

Para trabajadores declarados plenamente capaces o incapacitados en grado de incapacidad permanente parcial, absoluta o total para su profesión habitual. Duración de hasta 18 meses.

Renta Activa de Inserción (RAI)

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Destinada a desempleados de larga duración mayor de 45 años, mujeres víctimas de violencia doméstica o sexual, personas discapacitadas con grado de minusvalía mayor al 65% y emigrantes retornados. Duración máxima de 11 meses, con posibilidad de solicitud hasta en tres ocasiones con un año de intervalo.

Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)

Para desempleados que han agotado todas las prestaciones y ayudas por desempleo, siempre que cumplan ciertos requisitos.