Funcionarios

Muface: este es el incremento de las pensiones de los funcionarios en 2024

Las pensiones contributivas y las clases pasivas se incrementan lo mismo este año

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Un equipo de funcionarios trabajando en la oficina.

Un equipo de funcionarios trabajando en la oficina.

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P. G.

Las pensiones contributivas de incapacidad permanente, jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares, abonadas por el sistema de la Seguridad Social, así como las de Clases Pasivas del Estado suben este año un 3,8%, de acuerdo con la inflación media de los últimos doce meses.

En 2024, el complemento de pensiones contributivas y de las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado para la reducción de brecha de género queda fijado en 33,20 euros mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro.

Pensión máxima

La pensión máxima de los funcionarios de Muface será de 44.450,56 euros al año, es decir 3.175,04 euros al mes.

Los funcionarios del grupo A1 con 33 o más años de servicio superan el límite máximo de las pensiones públicas. "Cobran este límite y no la pensión que les correspondería aplicando al haber regulador el porcentaje por tiempo de servicio. Lo mismo ocurre con los que cobren otra pensión", apuntan desde el sindicato del profesorado Anpe.

Pensión mínima

La pensión mínima de los funcionarios para este año se queda en los 14.466,20 euros para las pensiones de jubilación o retiro con cónyugue a cargo, mientras que sin cónyugue es de 11.552,80 euros y con cónyugue no a cargo es de 10.966,20 euros.

La pensión de viudedad se fija en los 11.552,80 euros y la pensión familiar distinta de la de viudedad es de 11.261,60 euros.

Jubilación forzosa por edad

Para causar derecho a pensión ordinaria de jubilación es requisito indispensable haber completado un periodo mínimo de 15 años de servicios efectivos al Estado.

La jubilación forzosa de los funcionarios públicos se declara de oficio al cumplir 65 años de edad. Excepto:

  • Funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios: a los 70 años, pudiendo optar por jubilarse a la finalización del curso académico en que hubieran cumplido dicha edad.

  • Magistrados, Jueces, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia se jubilan forzosamente a los 70 años.

  • Registradores de la Propiedad ingresados antes de 1-1-2015: a los 70 años.

Jubilación voluntaria

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Los funcionarios públicos incluidos en el Régimen de Clases Pasivas pueden jubilarse voluntariamente desde que cumplan los 60 años, siempre que tengan reconocidos 30 años de servicios al Estado.

El procedimiento se iniciará mediante escrito en el que deberá indicarse necesariamente la fecha en la que desea jubilarse y habrá de presentar ante el órgano de jubilación, al menos, tres meses antes de la fecha de jubilación solicitada.