El 30 de junio termina

Cuatro claves para presentar la declaración de la renta a pocos días del final

El período para que finalice la declaración de la Renta de este año está próximo a concluir. Los expertos indican que lo más recomendable no es apurar hasta el último día, pero hay muchos ciudadanos que se dejan todo para última hora. La campaña empezó el pasado 11 de abril y se extiende hasta el próximo 30 de junio.

La obligación de presentar la declaración de la renta o no es un tema candente en esta época del año

La obligación de presentar la declaración de la renta o no es un tema candente en esta época del año

5
Se lee en minutos

Llega el final de junio, con ello la llegada del verano y de los días más largos con luz solar. Pero también concluye el período para poder presentar la declaración de la Renta de este año.

La campaña de la declaración de la Renta de este año empezó el pasado 11 de abril y se extiende hasta el próximo 30 de junio. Desde el 1 hasta el próximo 30 junio es posible presentar la declaración de todas las formas posibles: por Internet, vía telefónica o presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria. Aún está a tiempo de pedir cita física hasta el 29 de junio, justo 24 horas antes de que termine el período.

Pasan los días y el calendario, sin embargo, se va estrechando. Si la declaración sale a pagar y se quiere abonar mediante un único pago y a través de domiciliación bancaria, la fecha se avanza tres días: el próximo martes 27 de junio. Si no se domicilia el pago, el contribuyente tiene que realizarlo en el momento de la presentación de la declaración.

También existen la posibilidad de fraccionar el pago en dos tramos. Si el contribuyente opta por esta opción, el primer pago vía domiciliación se le cargará el 30 de junio y el segundo llegará antes del 6 de noviembre, según asegura la página web de la Agencia Tributaria. Para fraccionar los pagos se debe señalar la casilla 102.

"Hacienda permite que el pago se pueda efectuar en dos plazos. Sin embargo, para todos aquellos que no dispongan de la cantidad necesaria para solventar su deuda, Hacienda permite, de forma excepcional, solicitar un aplazamiento de hasta 24 meses para abonar la cantidad requerida", añade Enrique García, CEO y co-fundador de TaxDown.   

No dejarse todo para el final

Los expertos fiscalistas sostienen que es importante presentar la declaración en tiempo y forma, revisar todo bien, todas las casillas y los cambios producidos en el ejercicio. No fiarse únicamente del borrador y no dejarlo para el último día. Es conveniente, por tanto, aprovechar estos días para entregar la declaración y hacer frente a las obligaciones fiscales que todos los contribuyentes tienen en España.

"Hacienda tiene mucha información que aparece reportada en datos fiscales, pero en ocasiones hay otros ingresos que tenemos que incluir en la declaración que Hacienda no tiene. Y en tercer lugar, ver si tenemos derecho a aplicarnos deducciones. Muchas veces también pensamos que el borrador de Hacienda está bien, se nos olvida que hay deducciones que podemos incluirnos y perdemos dinero por no incluirlas en la declaración", comenta Paula Urcera, responsable del área fiscal de TaxDown.

Cuidado con los plazos

Llegar tarde, a veces, no tiene consecuencias pero con Hacienda sí. Cada mes de retraso genera un punto porcentual de interés: es decir, si se presenta en julio la multa sería de un 1% adicional, si presenta en agosto del 2% y en septiembre del 3%. Un requirimiento puede conllevar recargos de entre el 50% y el 150% del total de la deuda.


/ Activos

Hacienda puede reclamar, además, un importe mayor si el contribuyente tiene un historial previo de impagos o si el Estado considera que está sufriendo un perjuicio económico por la deuda generada.

Aunque el período para presentar la declaración este a punto de terminar, la Agencia Tributaria tiene hasta cuatro años para poder enviar la famosa notificación de los retrasos.

Presentarla siempre

Muchas veces se piensa que cuando se ha cobrado poco durante el año, se ha trabajado sólo algunos meses sueltos o se tienen unos ahorros bajos no hace falta presentar la declaración de la renta. Pero, nada más lejos de la realidad, los expertos sostienen que lo más interesante es consultar el borrador y si sale a cobrar siempre se realice. Si se a pagar, entonces sí, hay que ser si se está obligado o no.

No todos los ciudadanos están obligados a presentar la declaración de la renta. La norma general del IRPF dice que no tienen obligación de declarar los contribuyentes que obtengan rendimientos íntegros del trabajo con el límite de 22.000 euros anuales, salvo que procedan de más de un pagador, en cuyo caso el límite anterior baja a los 14.000 euros, según la Ley de Presupuestos de 2023.

No obstante, si se tiene más de un pagador, y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no supera en su conjunto los 1.500 euros anuales, el límite para estar obligado a presentar la Renta vuelve a ser de 22.000 euros. 

Los beneficiarios del ingreso mínimo vital (IMV) deben presentar declaración por IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos. "Para los supuestos de familias beneficiarias del IMV con hijos menores, se recomienda la presentación de una declaración conjunta de todos los miembros en caso de estar casados los progenitores. En ausencia de matrimonio, uno de los dos progenitores podrá presentar declaración conjunta con los hijos, y el otro declaración individual", explican desde Hacienda.

Noticias relacionadas

"Hay personas que les sale a devolver y no la presentan, ya sea por desconocimiento o por descuido. Desde TaxDown recordamos que esta práctica también acarrea una sanción, que podría llegar a alcanzar los 100 euros si Hacienda no nos requiere y hasta los 200 euros si recibimos una carta por parte de la Agencia Tributaria”, indica Enrique García.

Recurrir a expertos

En caso de dudas es conveniente presentar la declaración de la renta vía telefónica o de manera presencial, con el asesoramiento y acompañamiento de los funcionarios de la Agencia Tributaria. Si durante el ejercicio fiscal se han producido cambios significativos como compraventa de viviendas, inversión en diferentes activos financieros, herencias... tampoco es una opción descabellada recurrir a un asesor profesional. Para declaraciones simples suelen cobrar entre 50 y 60 euros, una cantidad baja si finalmente el contribuyente acaba percibiendo una buena cantidad por parte de la Agencia Tributaria.