Ayudas

Cinco ayudas para jubilados que seguirían disponibles con un cambio de Gobierno

Estas prestaciones sirven como escudo social y se mantendrán vigentes, independientemente de si ocurre un cambio de Gobierno o no

Señores mayores

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G. C. C.

Las próximas elecciones generales se celebrarán el 23 de julio de 2023. Tras la disolución de las Cortes Generales, se produjo un freno en la puesta en marcha de 60 proyectos legislativos. Por ello, han surgido dudas sobre el futuro de algunas de las ayudas, en especial las que afectan a los mayores de 65 años. Sin embargo, cinco ayudas se mantendrán vigentes, pese a un posible cambio de Gobierno.

El hecho de que estas prestaciones no se vean afectadas por un nuevo poder ejecutivo se debe a su utilidad como escudo social. La Plataforma de Mayores y Pensionistas (PMP) explica que, tal y como las que están destinadas a la luz o a la calefacción, estas ayudas "son vitales siempre que se implementen en condiciones de igualdad y de manera universal, y que fomenten un envejecimiento activo y saludable".

  • Bono Social Térmico y Eléctrico

Estos bonos están destinados a procurar una rebaja en estos servicios y tienen la finalidad de ayudar a personas o familias en una situación económica vulnerable. Para el Bono Eléctrico existen tres tipos de descuentos: un 25% para los consumidores vulnerables, un 40% para los consumidores vulnerables severos y un 100% para aquellos consumidores en riesgo de exclusión social.

Una gran ventaja del Bono Eléctrico es que, si se cumplen los requisitos impuestos, se puede solicitar el Bono Social Térmico para cubrir los gastos de agua caliente o calefacción. En este caso, la ayuda está entre 25 y 123,94 euros y se abona anualmente. Si se trata de un consumidor vulnerable severo o en riesgo de exclusión social, la ayuda se incrementa en un 60%.

  • Complemento para la reducción de la brecha de género en padres y madres

Son unas ayudas que sirven de complemento a la pensión de jubilación. Tienen como objetivo la corrección del perjuicio que han sufrido las madres y los padres con sus cotizaciones en la Seguridad Social al dejar de trabajar para el cuidado de los hijos.

Consiste en un extra de 30,40 euros mensuales por cada hijo a cargo, hasta un máximo de cuatro. Se suele aplicar en la jubilación, pero también en otras como la pensión de viudedad o la de incapacidad permanente.

  • Ayuda al alquiler

Una persona que cobre mensualmente una pensión no contributiva de jubilación tiene derecho a una ayuda al alquiler de 525 euros, abonada en un pago único al año.

Los pensionistas que vivan de alquiler y que quieran ser beneficiarios de la ayuda tendrán que cumplir unos sencillos requisitos: no tener ninguna vivienda en propiedad, ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda, no tener relación conyugal con el dueño/a de la casa y que la vivienda a la que va destinada la ayuda sea el domicilio habitual.

  • Ayudas a personas dependientes

Son reguladas por la Ley de Dependencia, pero son gestionadas por cada comunidad autónoma. Consisten en servicios de prevención, teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y noche y de residencia a tiempo completo.

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La cuantía recibida varía en función del grado de dependencia del beneficiario. El nivel más moderado es de 153 euros; para casos severos, de entre 201,59 y 268,79 euros y los casos más graves y de dependencia especial oscilan entre 290,73 y 387,64 euros mensuales.

  • Abono telefónico

Los pensionistas mayores de 65 años pueden optar a una bonificación especial por parte de las compañías telefónicas. Este abono consiste en una reducción de hasta un 70% en la cuota de alta de la línea telefónica personal y del 95% en la mensual. Además de ser mayor de 65 años, el requisito es tener unos ingresos anuales inferiores a los 9.727,54 euros.