Ayudas

MUFACE refuerza su compromiso con los mutualistas jubilados: las ayudas al copago farmacéutico

Estas son las ayudas al copago farmacéutico que ofrece la mutualidad a sus funcionarios

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Los funcionarios adscritos a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) pueden disfrutar de una gran variedad de ayudas destinadas al bienestar sanitario y social de sus miembros y beneficiarios. Por ejemplo, las prestaciones dentales o las ayudas para cubrir los tratamientos oculares. Además, MUFACE también ofrece unas ayudas para el copago farmacéutico. El objetivo es optimizar los modelos asistenciales y farmacéuticos con especial atención al gasto farmacéutico y su peso en el gasto sanitario.

Modelo actual de copago farmacéutico

El actual modelo obliga a los funcionarios que ya se han jubilado a abonar hasta el 30% del precio de los medicamentos prescritos por el médico, sean de entidades privadas o de la Seguridad Social. La continuidad de este porcentaje es justificada por los beneficios en la prestación que ya obtiene el colectivo de funcionarios adscritos a MUFACE.

Desde el Ministerio de Sanidad indican que el porcentaje de aportación para el pago de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud (SNS) es fijado en función de la renta, la condición (activo o pensionista) y el grado de enfermedad. Para los pensionistas, existen límites máximos de aportación mensual en función de la renta. Los pacientes con tratamientos crónicos tienen una aportación reducida del 10% en esos medicamentos y productos sanitarios, con un límite máximo mensual.

Sanidad pública y gratuita

La sanidad pública y gratuita tiene matices, ya que hay algunos fármacos con receta por los que sí hay que abonar entre un 10% y un 60%, a excepción de los grupos que el Ministerio de Sanidad establece que están exentos. A finales de 2023 en España había más de seis millones de ciudadanos que no estaban obligados a pagar por los fármacos. Actualmente, solo uno de cada tres pensionistas, de más de diez millones, estará exento este año.

De tal forma que, no están obligados a pagar los medicamentos los pensionistas con rentas inferiores a 5.635 euros, ni tampoco aquellos exentos a presentar la declaración de la renta, con una renta anual inferior a 11.200 euros.

Ayudas al copago farmacéutico

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Estas ayudas se dirigen principalmente al copago farmacéutico de mutualistas en situación de jubilación, personas viudas y huérfanas en condiciones de vulnerabilidad. Estas ayudas asistenciales de pago único son servicios y ayudas económicas destinados a atender determinados estados o situaciones de necesidad, no cubiertos por otras prestaciones, siempre que se carezca de los recursos indispensables para hacer frente a los mismos. 

Requisitos para estar asegurado

En este sentido, tendrán la condición de asegurado aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos para garantizar la sostenibilidad del SNS y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones:

  • Ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia, afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada a la de alta.

  • Ostentar la condición de pensionista del sistema de la Seguridad Social.

  • Ser perceptor de cualquier otra prestación periódica de la Seguridad Social, incluidas la prestación y el subsidio por desempleo.

  • Haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo y figurar inscrito en la oficina correspondiente como demandante de empleo, no acreditando la condición de asegurado por cualquier otro título.