Hipotecas

¿No puedes pagar la hipoteca? Esto es lo que debes hacer, según el Banco de España

Si no quieres acabar en bancarrota tras intentar pagar una hipoteca, escucha este consejo del Banco de España

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El pago de la hipoteca es una de las grandes preocupaciones de una gran parte de la población española, en parte debido a la subida de tipos del Banco Central Europeo (BCE) y a su efecto en las hipotecas variables. Aunque el Gobierno ha lanzado ya varias ayudas dirigidas a solventar esta situación, sigue habiendo muchas familias endeudadas y a punto de no poder seguir pagando la vivienda. Por ello, el Banco de España ha recomendado algunas soluciones a las personas que están pasando por esta complicada situación.

Cómo están las hipotecas

Tras diez subidas consecutivas, el BCE ha frenado la subida de tipos, pero las hipotecas no van a bajar y el valor de las cuotas hipotecarias se va a mantener en torno al 4,5%. Por ello, el Banco de España propone la dación en pago como forma de no caer en la bancarrota. Esto consiste en entregar al banco la vivienda que garantiza el préstamo a cambio de cancelar la deuda pendiente.

El consejo del Banco de España para pagar la hipoteca

Es un acuerdo entre el acreedor (el banco) y el deudor en el que se pacta la transmisión de la vivienda habitual por parte del hipotecado a favor del prestamista. Al aceptarlo, las entidades bancarias dan por extinguida la obligación de seguir pagando. Sin embargo, para que esto sea posible es necesario que se den unas circunstancias específicas, las cuales han sido enumeradas por el Banco de España:

  • Que el precio de adquisición de la vivienda cumpla con el límite impuesto (máximo 250.000 euros)

  • Que el deudor se encuentre en el umbral de exclusión

  • Que el banco haya optado por no aplicar la quita de la deuda

  • Que el plan de reestructuración de la deuda sea inviable

  • Que aunque la entidad bancaria haya iniciado un procedimiento de ejecución, no se haya dictado el anuncio de subasta

  • Que la solicitud se haya presentado dentro de los 24 meses siguientes a la solicitud de reestructuración o de forma posterior, para aquellos deudores que tengan aprobado y en curso un plan de reestructuración y “observen su imposibilidad de atender los pagos”

  • Que la vivienda no esté gravada con cargas posteriores

Si no se cumplen estas condiciones, no será posible llevar a cabo la dación en pago.

Quién puede optar a la dación en pago

Para que alguien pueda solicitar la dación en pago, la persona debe formar parte de uno de estos grupos:

  • Familia monoparental con al menos dos hijos a su cargo

  • Familia numerosa

  • Familia con un miembro con discapacidad de más del 33% que le impida trabajar

  • Deudor mayor de 60 años

  • Familia con una víctima de violencia de género

  • Que exista al menos un menor de edad

  • Que en la casa viva un familiar de los titulares de la hipoteca que tenga una discapacidad, dependencia o enfermedad grave

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Además, es necesario que la cuota del préstamo suponga multiplicar por 1,5 los ingresos de la unidad familiar o superar el 50% de los ingresos netos de todos los miembros de la familia.

Bancos que aceptan la dación en pago

Los bancos adheridos al Código de Buenas Prácticas Bancarias son los que deben facilitar a los titulares la reestructuración de su deuda si se encuentran en una situación de vulnerabilidad y así evitar la ejecución hipotecaria. Una de estas facilidades es la de otorgar el plazo de un mes desde la solicitud de la ejecución y ofrecer un plan de reestructuración de deuda. Si estas medidas no son suficiente, se darán 12 meses para solicitar la dación en pago. Si el banco la acepta, el deudor quedará liberado de la obligación de seguir pagando la hipoteca.