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Bono social de la luz: cómo se pide y quién puede solicitarlo

Bono social de la luz: cómo se pide y quién puede solicitarlo

Bono social de la luz: cómo se pide y quién puede solicitarlo

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EPE

El bono social de electricidad es un descuento en la factura eléctrica que se aplica según la situación de las familias receptoras.

  • De un 25% para consumidores vulnerables. No obstante, excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre de 2023 el descuento será del 65%. De un 40% para consumidores vulnerables severos. No obstante, excepcionalmente, hasta el 31 de diciembre de 2023 el descuento será del 80%. Todavía se desconoce si la ayuda adicional aplicada durante el presente ejercicio continuará en 2024.

  • Si además se es un consumidor en riesgo de exclusión social, porque se está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura, no se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica y, en caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

¿Cuáles son los requisitos para solicitarlo?

  1. Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual.

  2. Cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos. Hay varios tipos de beneficiados:

  3. Consumidor Vulnerable (25% de descuento – excepcionalmente y hasta el 31 de diciembre de 2023 el descuento es del 65%). Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  4. Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad de convivencia a que pertenezca sea ≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas. Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 por cada menor de edad de la unidad de convivencia.

  5. O bien, que se esté en posesión del título de familia numerosa.

  6. O bien que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.

  7. O bien que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.

  8. Consumidor Vulnerable Severo (40% de descuento – excepcionalmente y hasta el 31 de diciembre de 2023 el descuento es del 80%). Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  9. Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las "circunstancias especiales".

  10. Si posee el título de familia numerosa, la unidad de convivencia debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas: 16.800 euros.

  11. Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad de convivencia a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas: 8.400 euros.

  12. Si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.

  13. Consumidor en Riesgo de exclusión social:

  14. Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

  15. Circunstancias especiales. Si se reúnen circunstancias especiales, los límites establecidos se incrementa en 1 punto IPREM (8.400 euros más).

  16. Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

  17. Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia acredite la situación de violencia de género.

  18. Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga la condición de víctima de terrorismo.

  19. Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III.

  20. Que el consumidor acredite que la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).

¿Cómo solicitar el Bono Social?

Solicitándolo, por teléfono, correo electrónico, correo ordinario, o fax directamente a alguna de las comercializadoras de referencia, quienes tiene la obligación de ofrecer y financiar el bono social. Algunas de estas empresas son Endesa Energía XXI, Curenergía - Iberdrola, Gas & Power - Naturgy, Baser - TotalEnergies, Régsiti - Repsol o COR Energético.

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