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INCENDIOS

Si un incendio destruye tu casa, ¿qué cubre el seguro del hogar y cómo reclamar?

Desde Cortés y Dueñas Abogados de Toledo recuerdan la importancia de revisar la póliza y avisar a la compañía cuanto antes tras el siniestro

¿Tu casa ha resultado dañada por un incendio? Esto puedes reclamar al seguro del hogar

¿Tu casa ha resultado dañada por un incendio? Esto puedes reclamar al seguro del hogar / EFE/Manuel Bruque

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María Saiz

María Saiz

Toledo

Los incendios forestales han obligado a evacuar alrededor de 6.200 personas en la provincia de Toledo, y ahora que todos ellos han sido realojados una vez la provincia ha salido de la emergencia nacional, han dejado una preocupación que va más allá del fuego: qué ocurre cuando llega el momento de volver a casa. Muchos propietarios desconocen si su seguro cubrirá los daños o qué pasos deben seguir para no perder una indemnización.

Desde el despacho toledano Cortés y Dueñas Abogados recuerdan que la respuesta depende, en gran medida, de la póliza contratada y de cómo actúe el asegurado durante los primeros días tras el siniestro. "La póliza es decisiva. El seguro de incendio cubre, dentro de los límites contratados, los daños producidos por el fuego en los bienes asegurados. Debe comprobarse qué se ha asegurado como continente -la vivienda e instalaciones- y como contenido -mobiliario y enseres-, además de los capitales, franquicias, límites y exclusiones" explican a La CRónica de Toledo.

"Lo primero que hay que hacer es revisar la póliza porque no todas ofrecen las mismas coberturas". La abogada insiste en que uno de los errores más habituales consiste en pensar únicamente en los daños causados por las llamas. "Muchas personas olvidan que también pueden reclamarse los daños ocasionados por el humo, el hollín o incluso el agua utilizada durante las labores de extinción. Todo debe valorarse de forma conjunta porque forma parte del mismo siniestro", señala.

Desalojo de vecinos entre Almorox (Toledo) y Villa del Prado (Madrid) por la Guardia Civil el pasado día 22.mp4

IGAT

Quién paga los daños de un incendio: el seguro responde en la mayoría de los casos

Otra de las dudas más frecuentes entre los afectados es si el Consorcio de Compensación de Seguros es quien se hace cargo de la indemnización. "No. El Consorcio cubre los riesgos extraordinarios definidos por la ley, entre ellos terremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, determinadas tempestades ciclónicas y otros supuestos tasados. Un incendio forestal no se convierte, por sí solo, en un riesgo extraordinario a cargo del Consorcio", advierten.

Además, por regla general, ante daños por fuego en una vivienda, el siniestro debe comunicarse primero a la aseguradora de hogar. Existen regímenes propios para determinados seguros agrarios, que deben analizarse separadamente".

Desde Cortés y Dueñas destacan la importancia de que el municipio sea declarado "zona catastrófica". "Esa declaración puede abrir la puerta a ayudas públicas para vivienda habitual y enseres esenciales, medidas para negocios, explotaciones agrarias e infraestructuras, además de determinados beneficios fiscales, laborales o de Seguridad Social. Sin embargo, no sustituye al seguro de hogar ni modifica automáticamente lo que cubre la póliza".

También resulta fundamental respetar los plazos. Los abogados recuerdan que el siniestro debe comunicarse cuanto antes a la compañía aseguradora y recomiendan no esperar a disponer de toda la documentación. "Nuestra recomendación es avisar inmediatamente al seguro, hacer fotografías y vídeos del estado de la vivienda y conservar cualquier documento que permita acreditar los daños sufridos", indican.

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Lucía Feijoo Viera

¿Qué es lo que recomiendan los expertos?

En este sentido, aconsejan no tirar objetos dañados ni comenzar reparaciones importantes antes de la visita del perito, salvo que sean actuaciones imprescindibles para evitar que los desperfectos aumenten. "Hay que facilitar la labor pericial. Si es necesario realizar una actuación urgente, conviene dejar constancia gráfica del estado previo y guardar todas las facturas", añaden.

Una vez efectuadas las comprobaciones necesarias, "la aseguradora debe cumplir la prestación conforme al contrato. Además, dentro de los cuarenta días desde la recepción de la declaración del siniestro debe abonar, como mínimo, el importe de lo que pueda deber según la información de que disponga. Si no cumple en tres meses, pueden devengarse intereses de demora, salvo que exista una causa justificada no imputable a la entidad", explican.

Por último, el despacho de abogados toledano recomienda no aceptar precipitadamente la primera valoración económica si existen dudas sobre los daños. "Es importante revisar detenidamente la propuesta de la aseguradora. Si el propietario considera que la indemnización no refleja el perjuicio real, puede solicitar una segunda peritación e incluso acudir a la vía judicial si fuera necesario", concluyen.

Con los incendios forestales cada vez más frecuentes durante el verano y una provincia como Toledo especialmente expuesta al riesgo, los especialistas coinciden en una recomendación básica: conocer bien la póliza del seguro antes de que ocurra una emergencia puede marcar la diferencia entre una recuperación rápida o un largo proceso de reclamaciones.

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