Sentencia

Condenado a 24 años de cárcel el autor del crimen del bar JM de Badajoz

El tribunal le impone 15 años de prisión por asesinar a tiros a un joven de 27 años, 8 por intentar matar al primo del fallecido y uno más por tenencia ilícita de armas | Aplica la atenuante de confesión, porque extemporánea, entiende que fue "útil" para esclarecer los hechos bprevén recurrir el fallo ante el TSJEx

El condenado por el crimen del bar JM sale de la Audiencia de Badajoz escoltado por un policía tras escuchar el veredicto del jurado el pasado martes.

El condenado por el crimen del bar JM sale de la Audiencia de Badajoz escoltado por un policía tras escuchar el veredicto del jurado el pasado martes. / Santiago García Villegas

Belén Castaño Chaparro

La Audiencia Provincial de

Badajoz

ha condenado a una pena de 24 años de prisión al autor del crimen del bar JM de Badajoz, al que el jurado popular declaró culpable de asesinar de tres disparos al joven de 27 años Jonathan F. H. y también de intentar matar a su primo, lo que no consiguió porque la pistola con la que lo encañó se le encasquilló, el día de Navidad de 2019. El tribunal en su sentencia, que se conoce seis días después del veredicto, impone al procesado 15 años de cárcel por el delito de asesinato con alevosía y 8 por la tentativa de asesinato, en ambos casos con alevosía, a los que añade uno más por tenencia ilícita de armas.

En cuanto a la responsabilidad civil, tendrá que indemnizar a la hija del fallecido, que cuando murió su padre tenía 6 años, con 150.000 euros; a la madre, con 30.000 euros; a la hermana con la que convivía, con 20.000; y a la otra hermana, con 10.000 euros. Al primo, por su parte, deberá pagarle 3.000 euros. En total, la cuantía asciende a 213.000 euros.

Además, José Miguel M. C. no podrá aproximarse a menos de 500 metros ni comunicar con la familia del fallecido durante 10 años y tampoco podrá disfrutar de permisos penitenciarios hasta cumplir el 50% de la condena. El procesado permanece en prisión provisional desde el día del crimen, hace casi tres años.

La fiscalía solicitaba 35 años de cárcel y una indemnización de 210.000 euros, mientras que las acusaciones particulares, pedían 39 años de prisión (25 por asesinato, 12 por tentativa y 2 por tenencia ilícita de armas), así como 280.000 euros en concepto de responsabilidad civil para la familia de Jonathan F. H. y 12.000 euros para el primo. Por su parte, la defensa planteaba la rebaja en dos grados de todos los delitos, por lo que las penas que proponía para su cliente eran de 3 años y 9 meses por el asesinato consumado, de un año por tenencia ilícita de armas y un mes y 15 días por amenazas, ya que no reconocía la tentativa de asesinato.

En el fallo, el tribunal, presidido por el magistrado Enrique Montero de Espinosa, aplica la atenuante analógica de confesión planteada por la defensa, pues entiende que, si bien el procesado llamó a la policía para confesar el crimen y entregarse casi una hora después de los hechos, cuando ya se conocía que era el autor y los investigadores habían visionado las imágenes de las cámaras de seguridad del local que grabaron los hechos, el reconocimiento de los mismos resultó "útil" para la investigación. El Código Penal establece penas de entre 15 y 25 años para los delitos de asesinato con alevosía y el tribunal considera, tras admitir como atenuante simple la confesión, que la pena mínima legalmente prevista en este caso "adecuada" teniendo en cuenta la naturaleza de los hechos y la atención a los principios de proporcionalidad y culpabilidad.

La defensa también pedía que se tuvieran en cuenta como atenuantes la obcecación y el miedo insuperable -que el jurado popular la rechazó al considerar que el condenado actuó sabiendo lo que hacía- y la reparación del daño. Sobre esta última, la sentencia recoge que los 7.600 euros consignados a cuenta de la hija de la víctima en estos tres años (la mayor parte en los últimos meses) es una cantidad "prácticamente irrelevante y no significativa" con respecto a la que se pide por la fiscalía y las acusaciones particulares, y que, además, "no ha sido efectuada por el acusado, sino por su pareja" y aparentemente solo con el fin de beneficiarse de una atenuación de la pena.

La acusación particular, por su lado, introdujo en las conclusiones finales el agravante de ensañamiento, que el jurado rechazó y que tampoco el tribunal admite.

Recursos ante el TSJEx

El abogado de la familia del fallecido, Fernando Cumbres, ha anunciado su intención de presentar un recurso de apelación ante la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) contra la sentencia, que no considera ajustada a la gravedad de los delitos por los que el procesado ha sido declarado culpable. Los familiares de la víctima, según reconoció, se han sentido agraviados con este fallo. "La sentencia demuestra que sale barato matar", ha lamentado la madre de Jonathan F. H.

Por su parte, el letrado del condenado, Enrique González de Vallejo, cree que la sentencia "recoge fielmente" el veredicto emitido por el jurado popular, aunque discrepa con parte del contenido y entiende que existen "motivos" para recurrirla ante el TSJEx. En este sentido, ha señalado que una vez que la analice con detenimiento, valorará junto a su cliente esta posibilidad.