Audiencia de Barcelona
Absuelto el funcionario de prisiones acusado de golpear a un recluso como "un saco de boxeo"
El tribunal recoge la tesis de la defensa y rechaza la de la fiscalía, que reclamaba cuatro años y dos meses de prisión por un delito de torturas

La Audiencia de Barcelona no considera acreditado que el funcionario de prisiones M. A. C. C. agrediera a un interno en la cárcel de Brians 2 (Sant Esteve de Sesrovires) como si fuera "un saco de boxeo", tal y como definió la acción el preso S. B. durante el juicio . El tribunal de la sección tercera ha absuelto, de esta manera, al empleado del centro penitenciario, al que la fiscalía reclamaba cuatro años y dos mes de prisión por un delito de torturas. "Los hechos que se imputan por la acusación no han resultado probados de forma suficientes como para considerar enervada la presunción de inocencia", según la sentencia a la que ha tenido acceso El Periódico de Catalunya, medio de Prensa Ibérica al que pertenece este diario.
El 7 de noviembre de 2016, M. A. C.C., defendido por la abogada Mariona Polo, ejercía de jefe la unidad de servicio interior en el Módulo 13 del centro de Brians 2. Cuando todos los reclusos se encontraban en el comedor, el interno S. B, se levantó y salió corriendo y dando voces hacia la oficina de funcionarios, donde otro preso y una empleada de esta cárcel estaban recogiendo el agua de lluvia que se filtraba a través del techo. S. B. pretendía avisar de que el techo comenzaba a ceder. Cuando el acusado le vio, se dirigió hacia él y le ordenó que volviera a su sitio.
En este punto es donde las versiones son dispares. El recluso asegura que el funcionario de prisiones le cogió del pecho, lo echó del despacho y le dio cuatro o cinco puñetazos, al tiempo que le decía "ya hablaremos". El imputado, sin embargo, negó esta agresión, una versión corroborada por algunos testigos, como una funcionaria que no se lleva bien con él. Solo uno de ellos, otro preso, se refirió a una "conducta violenta" del acusado, pero no hizo referencia a los puñetazos.
Sin lesiones, ni amenazas
Los magistrados sostienen que "no ha resultado probado, fuera de toda duda razonable, que el acusado agrediera al interno, que no sufrió lesión alguna a consecuencia de los hechos", relatan. Tampoco ha quedado acreditado, a su entender, que posteriormente el funcionario acusado amenazara a S. B, ni que presionara a su compañero de celda para que acusara a este de agredirlo sexualmente, "ni tomara represalias contra ninguno" de ellos "aprovechándose de su cargo".
Los jueces destacan que el fiscal aportó como "casi única" prueba de cargo "esencial" la declaración de interno, a la vez que alegan la existencia de "una verdadera animadversión" del preso hacia el acusado, reconocida por el mismo. El fallo judicial destaca la "ausencia" de otros elementos que corroboren las imputaciones atribuidas al funcionario, lo que "lleva a dudar de la verosimilitud, al menos para superar la presunción de inocencia", de lo manifestado por el recluso.
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