TRIBUNALES

Condenado a pagar 2.100 por injurias graves en Twitter contra la Policía tras la muerte de Mame Mbaye

Alfonso L. P., un periodista con 56.800 seguidores en Twitter en el momento en el que escribió los mensajes, afirmó que la de Mbaye no era "una muerte natural, es un asesinato y es culpable el Estado policial español"

Varios manifestantes se enfrentan a la Policía en una concentración por la muerte de Mame Mbaye.

Varios manifestantes se enfrentan a la Policía en una concentración por la muerte de Mame Mbaye. / ÓSCAR DEL POZO

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El Juzgado de lo Penal nº 20 de Madrid ha condenado a Alfonso L. P. como responsable de un delito de injurias graves a la Policía Municipal por los mensajes publicados en la red social Twitter, los días 15 y 16 de marzo de 2018, tras el fallecimiento de Mame Mbaye, en Lavapiés. El autor de este delito está obligado a pagar una pena de catorce meses de multa, con cuota diaria de cinco euros, en total, 2.100 euros.

Alfonso L. P. debe además dar publicidad a la resolución en Twitter, en la forma, modo y durante el tiempo que se determine en ejecución de sentencia. Por su parte, el juzgado ha absuelto a Asunción G. R. y a Malick G. del delito de injurias del que ambos estaban acusados, en el primero de los casos por unos comentarios aparecidos en Facebook y en el segundo, por unas declaraciones a un medio de comunicación efectuadas en su condición de portavoz del Sindicato de Manteros de Madrid.

Texto de los tuits

El condenado compartió en Twitter entre la tarde noche del 15 de marzo y la mañana del día 16 de marzo de 2018, tras la muerte de Mame Mbaye, tres mensajes, entre los que el tribunal destaca el primero de ellos: "Orgullo de manteros concentrados en Lavapiés. Hoy ha muerto, Mmame Mbage cuando era perseguido por la Policía. Su único delito: carecer de unos papeles. No se ha muerto solo ni es una muerte natural, es un asesinato y es culpable el Estado policial español".

En el segundo tuit, añadió: "El nombre de Mmame Mbage y su cara no saldrán en ninguna TV. No era dueño de nada y solo tenía sus manos para sobrevivir de mantero como buenamente podía. Llevaba 13 años residiendo en España. La policía lo ha asesinado. Para el Estado no era un ser humano. Lavapiés". Esta publicación venía acompañada de una fotografía del fallecido, del que dijo que había sido "asesinado por la Policía de Madrid". "El mejor homenaje luchar contra la represión del Estado ¡Salgamos a las calles!", alentaba en la imagen.

En el tercero expresó que agentes de la Policía Municipal de Madrid había compartido en un chat mensajes sobre los migrantes y que el juez "no vio delito de odio y siguieron patrullando". "Ayer este cuerpo policial fue responsable de la muerte de Mmame Mbage", concluyó.

Un periodista con 56.800 seguidores

El juez considera a Alfonso L.P. responsable del delito de injurias graves, en primer lugar, porque lo expresado en el tuit no es una opinión, como sostenía la defensa, sino un hecho, al informarse, supuestamente, de un asesinato y de su autoría. En segundo lugar, porque el acusado es un periodista "y su cuenta en la red social era seguida, un mes después de los hechos, por 56.800 seguidores, siendo perfectamente conocedor de las exigencias de veracidad de la información".

En tercer lugar, porque las alusiones a la comisión de un asesinato por parte de la policía es objetivamente injuriosa o vejatoria, "incluso calumniosa de identificarse un autor concreto, a salvo de que tal información resulte veraz", lo que no es el caso. En cuarto lugar –continúa la resolución-, "la información no es veraz y se expresa con temerario desprecio hacia la verdad, lo que pone de manifiesto su gravedad". En quinto lugar "el propio contenido de las expresiones y la ausencia de cualquier actividad para verificar la información que se facilita, revela un ánimo de injuriar a la Policía que prevalece sobre el de criticar o denunciar la situación de los manteros".

En sexto lugar –añade la resolución-, la distancia emocional y física (en relación al mantero fallecido y al barrio en el que ocurrieron los hechos, frente a los otros dos acusados), debiera permitirle un acercamiento crítico al suceso "eludiendo comentarios no ya precipitados, sino tan temerarios como la alusión a la que se ha cometido un asesinato".

Y por último –dice el juez-, "los mensajes vertidos no encuentran amparo en el ejercicio de la libertad de expresión. Se ha producido un exceso en dicho ejercicio, en cuanto se atenta contra la dignidad, crédito, fama o prestigio de la Policía Municipal de Madrid, a la que se alude en general, pero con referencias específicas a los agentes que hipotéticamente pudieron perseguir al acusado, considerándola autora de un asesinato".

Esta resolución aún no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.