CLAVES

La nueva ley de protección animal, en 10 claves

Impide tener a las mascotas en patios o terrazas, solas mucho tiempo, obliga a hacer cursos y a esterilizar si conviven con otros de la misma especie

Un cachorro en el Salon del Bienestar y Defensa del Animal abandonado.

Un cachorro en el Salon del Bienestar y Defensa del Animal abandonado. / JOAN PUIG

Patricia Martín

Patricia Martín

El anteproyecto de ley de protección, derechos y bienestar de los animales, que ha aprobado este viernes el Consejo de Ministros, contiene disposiciones novedosas en torno a la protección de la fauna, especialmente las mascotas, que equiparan a España con otros países europeos.

El objetivo del Gobierno es que haya "abandono, maltrato y sacrificio cero" de los animales de compañía, pero la ley contiene otras muchas medidas que, según el Ministerio de Derechos Sociales, supondrán un "antes y un después" en la protección de los animales que conviven con los humanos. Algunas de ellas polémicas.

Estas son las claves del borrador legal, que ahora pasará a los órganos consultivos, después tiene que volver al Consejo de Ministros y ser aprobado por las Cortes, con lo que no verá la luz, como pronto, hasta 2023.

Entra en vigor la Ley de Protección Animal

/ Agencia ATLAS | EFE

No podrán vivir en terrazas o patios

El borrador legal establece que los propietarios de mascotas deberán “mantenerlos integrados en el núcleo familiar, en buen estado de limpieza e higiene”. No podrán dejarlos en terrazas, patios o sótanos, ni en vehículos cerrados o atados a las puertas de un establecimiento sin supervisión. Tampoco podrán deambular por espacios públicos sin alguien que los vigile. Y los animales que, por razones de bienestar, tamaño o características de su especie, no puedan convivir en el núcleo familiar, deberán disponer de un alojamiento adecuado, con habitáculos acordes a sus dimensiones y que los protejan de las inclemencias del tiempo, en buenas condiciones de esmero y pulcritud.

Curso y recoger los excrementos

De aprobarse la norma, todos los dueños de los perros deberán superar un curso formativo, “con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable”. Asimismo, la ley establece que un animal de compañía no podrá estar solo tres días consecutivos y, en el caso de los perros, el plazo no podrá ser superior a 24 horas. Asimismo, insta a "evitar que los animales depositen sus excrementos y orines en lugares de paso habitual de otras personas, como fachadas, puertas o entradas a establecimientos, procediendo en todo caso a la retirada o limpieza de aquéllos con productos biodegradables". 

Cero sacrificio

La ley prohíbe el sacrificio de animales de compañía, solo se autoriza por razones sanitarias o eutanásicas, lo que puede abrir la puerta a que se sigan matando algunos con enfermedades incurables pero tratables o con heridas graves, según el presidente de la protectora El Refugio, Nacho Paunero. Autonomías como Catalunya o Madrid ya tienen leyes que impiden el sacrificio, pero el Gobierno quiere homogeneizar la situación y prohibir esta práctica en toda España.

Prohibido criar y vender en tiendas

La ley apuesta también por el “abandono cero”, para lo cual se incorporan medidas como la identificación obligatoria de las mascotas, sanciones a quienes abandonen o límites para la cría. Si la ley ve la luz, ningún particular podrá criar sus propias mascotas. La cría y venta sólo podrá realizarse por profesionales registrados.

Esto implica que dejarán de venderse mascotas en tiendas y que se obligará a la esterilización de los animales que habitualmente vivan en espacios abiertos y puedan relacionarse con otros animales de la misma especie y distinto sexo. Asimismo, se prohibirá su exhibición y exposición al público con fines comerciales, excluidos los peces.

Los zoos, centros de recuperación de especies autóctonas

El anteproyecto prohíbe la cría de animales salvajes alóctonos, es decir, originarios de otro país, así como comerciar con la explotación de sus sus pieles o subproductos. Por tanto, se prohibirán las granjas de visones. Se exceptúa de esta prohibición la cría en cautividad en centros zoológicos o similares en el marco de los programas de conservación de especies amenazadas. Se prevé además que los zoos y delfinarios se reconviertan en centros de recuperación de especies autóctonas.

Prohibido tener animales silvestres

El borrador legal prohíbe la tenencia de animales de especies protegidas por normas internacionales de aplicación en España, estatales o autonómicas, así como la tenencia de animales silvestres en domicilios particulares, así como en recintos no debidamente cercados o adaptados a la naturaleza del animal, y su circulación por espacios públicos o locales abiertos al público.

Circos sin animales salvajes

Se prohíben los circos con animales salvajes, así como las peleas y riñas de animales, el tiro al pichón y el tiro al tubo. También se impide usar pinchos, collares y otros similares que ahorquen a los animales o aparatos eléctricos que les causen sufrimiento. Y, para evitar el sufrimiento animal en romerías, cabalgatas o procesiones, los animales no podrán estar inmovilizados. Sin embargo, la ley deja fuera a la tauromaquia, que causa tanta controversia que podría hacer que la norma no vea la luz.

Fin a los perros peligrosos

El anteproyecto legal considera "animales potencialmente peligrosos" todos los que, perteneciendo a la fauna silvestre, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales. Y sobre los perros se pone fin al listado de perros peligrosos en función de su raza y se especifica que "sólo serán calificados como potencialmente peligrosos previa realización de un estudio de sociabilidad individualizado" que se establecerá reglamentariamente.

Registro y colonias felinas

El anteproyecto crea un Sistema Estatal de Registros para la Protección Animal, que estará integrado por el Registro de Entidades de Protección Animal; el Registro de Profesionales de Comportamiento Animal; el Registro de Animales de Compañía; el Registro de Núcleos Zoológicos de Animales de Compañía y el Registro de Criadores.

Asimismo, establece especial protección para las colonias de felinos, que se gestionarán mediante el método CER de captura, esterilización y retorno.

Evacuación en catástrofes

La ley fija que los planes territoriales de emergencia de las comunidades deberán incluir instrucciones relativas al modo de evacuación de los animales en casos de catástrofe. En particular deberán contemplar el número de animales a evacuar; una relación de lugares donde reubicarlos; medidas para facilitar que sean alojados provisionalmente junto con sus dueños; la manutención de los mismos y protocolos de atención urgente, protección y liberación, recuperación o eutanasia de animales marinos vivos varados.