Tribunales

La Justicia refuta a Trabajo: las víctimas de trata sí tienen derecho a un subsidio

Un juzgado de Ourense considera que el SEPE contraviene la legislación europea al negarle a una mujer una renta que le corresponde como víctima de violencia de género

El organismo estatal de empleo ha decidido recurrir la sentencia, pese a que la trata está considerada violencia de género en tres convenios internacionales ratificados por España

Imagen de archivo de prostitución.

Imagen de archivo de prostitución. / FUNDACIÓN ATENEA - Archivo

Javier H. Rodríguez

Una víctima de trata de seres humanos con fines de explotación sexual 

Servicio Público de Empleo (SEPE)denegarle su incorporación en el Programa de Renta Activa de Inserción (RAI). Según el SEPE, la demandante no cumple los requisitos suficientes para ser considerada víctima de violencia de género y, por lo tanto, no es susceptible de ser beneficiaria de la RAI. Sin embargo, el juzgado de lo social número 2 de Ourense no está de acuerdo y acaba de dictar la primera sentencia, recurrible, a favor de la víctima.

En el documento, al que ha tenido acceso en exclusiva Faro de Vigo, periódico del mismo grupo editorial que El PERIÓDICO DE ESPAÑA, la magistrada encargada de la instrucción considera que el Servicio Público de Empleo 

contraviniendo varios aspectos fundamentales de la legislación gallega y europea. De hecho, la trata de seres humanos con fines de explotación sexual está considerada como un delito de violencia de género por tres convenios ratificados por España desde hace veinte años: el Convenio de Palermo de 2000, el Convenio de Varsovia de 2005 y el Convenio de Estambul de 2011, que son elementales en materia de derechos humanos dentro de la Unión Europea.

Y no solo eso. La UE aborda la violencia contra las mujeres y la trata de seres humanos en al menos dos Directivas Europeas relativas a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas. Hace, además, una mención específica para estos casos. La Justicia gallega también sigue esa senda y entiende por violencia de género cualquier acto de violencia o agresión, basado en una situación de desigualdad 

sistema de relaciones de dominación de los hombres sobre las mujeres que tienen o puedan tener como consecuencia daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas de tales actos y la coacción o privación de libertad, tanto en el ámbito público como en la vida familiar o privada”.

Estos son los argumentos utilizados por Ana García, abogada de la demandante, para elaborar su estrategia de defensa

derecho de la víctima a su incorporación en el Programa de Renta Activa de Inserción. El SEPE no está conforme con la sentencia y ha interpuesto un recurso de suplicación. Será el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia quien tenga la última palabra.

“Desde que comenzó la pandemia, hemos visto cómo a muchas mujeres víctimas de este tipo de delitos se les denegaba el subsidio. Cosa que antes no pasaba”, explica García. Según ha podido comprobar la letrada: 

. Tanto es así, que estos días se encuentra elaborando una nueva demanda “idéntica a la de Ourense”, pero, esta vez, en Vigo. “Para este tipo de víctimas, dejar de percibir este tipo de ayudas las condena, en muchos casos, a seguir ejerciendo la prostitución”, remata García.