CORTES GENERALES
¿Cómo se reparten diputados y senadores? Las diferencias de representación entre Senado y Congreso
El Senado y el Congreso de los Diputados cuentan con funciones y cometidos similares, pero en campos como la normativa, derivación y la elección de las circunscripciones presentan variaciones interesantes en la distribución
El Congreso no reconoce el veto del Senado y da por aprobada la ley que beneficia a presos de ETA
La denominación de Cortes Generales es el nombre oficial del Parlamento español, compuesto de dos Cámaras: Congreso de los Diputados y Senado.
En el panorama nacional de poderes siempre se han empleado estas dos asambleas legislativas como núcleo de fuerza para aquellos que tienen mayoría partidista o también para pronunciar argumentos y acciones que pueden provocar un cambio total en las tendencias políticas.
Tanto una como otra cámara cuenta con similitudes en su base creativa, siendo representativas del pueblo español, y también en las funciones ejercidas como la legislativa con la aprobación de leyes, la presupuestaria con el visto bueno a los gastos anuales del Estado, o el control de la acción del Gobierno coyuntural, a través de la pluralidad de voces obligada por Constitución en ambos.
Sin embargo, además de su diferencia en alcance, una a nivel nacional y otra a nivel territorial, tanto el protocolo normativo de elección de sus miembros como la propia cantidad de los mismos, son algunos de los rasgos en los que los dos órganos difieren. Una composición marcada por las circunscripciones y por la Ley Electoral.
Diputados y senadores, diferencias en variación y número
En la actual legislatura el número de miembros del Senado es de 266 senadores. Una cifra que no es fija, cuyo motivo central es la variación de habitantes de las diferentes Comunidades Autónomas. La variación del número de senadores se produce al principio de cada legislatura (tras la celebración de elecciones generales) y se toma como referencia el censo de población publicado el 1 de enero del año en que se celebran las elecciones.
Actualmente, el Congreso se compone de 350 diputados, una cifra que oscila entre el mínimo permitido de 300 y el máximo base de 400. Aparte de la variación en el número de escaños por grupo parlamentario, no es un número que se modifique, aunque eso sí, en cada proceso electoral puede variar el número de diputados que tiene cada provincia al cambiar el tamaño de su población.
Elección basada en circunscripciones diferentes
A razón de cada cuatro años, la mayor parte de los senadores se eligen directamente por la población, a razón de cuatro por provincia. No obstante, en las provincias insulares, cada isla o agrupación de ellas constituye una circunscripción a efectos de elección, correspondiendo elegir tres senadores a cada una de las islas mayores (Gran Canaria, Mallorca y Tenerife) y uno a cada una de las restantes islas (Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma). Las poblaciones de Ceuta y Melilla eligen cada una de ellas dos senadores.
Así, los electores pueden dar su voto a un máximo de tres candidatos en las circunscripciones provinciales, dos en Gran Canaria, Mallorca, Tenerife, Ceuta y Melilla y uno en las restantes circunscripciones insulares. Otra parte de los senadores se designa por los Parlamentos autonómicos en función de su población, de acuerdo a una correcta proporción.
En cuanto al Congreso, también a razón de cuatro años, la circunscripción electoral es la provincia pero de valoración distinta. Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población. Atendiendo a una división proporcional, los 248 diputados restantes se distribuyen entre las provincias, siguiendo un procedimiento matemático basado en adjudicar a cada provincia tantos diputados como resulten, en números enteros, de dividir la población de derecho provincial por la cuota de reparto.
Así las cosas, sus diferencias en el reparto giran alrededor de sus variaciones en las circunscripciones. En el Congreso de los Diputados, las circunscripciones son las provincias y las ciudades autónomas. En el Senado, las circunscripciones electorales son las provincias peninsulares, las ciudades autónomas y las islas.
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