Choque en la coalición

Las claves de la reforma del PSOE a la ley del 'solo sí es sí'

Los socialistas reintroducen la necesidad de que haya "violencia o intimidación" para poner penas más graves

El portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López.

El portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López. / EP

Miguel Ángel Rodríguez

El acuerdo en el seno del Gobierno de coalición ha resultado imposible. Tras meses negociando en secreto y con una semana a sus espaldas de discrepancias públicas, PSOE y Unidas Podemos no han logrado entenderse para reformar la ley del solo sí es sí. Ante este desacuerdo, los socialistas han registrado este lunes una proposición de ley por separado, sin esperar a sus socios, con su propuesta para cambiar la norma. Los morados ven "inexplicable" este acuerdo y denuncian que se pretenda volver al modelo anterior, como también plantea el PP. Pero, ¿cuál es la formula escogida por el PSOE?

Antes de la ley

La ley del solo sí es sí se aprobó en agosto en el Congreso, pero no entró en vigor hasta mediados de octubre. Antes de que la norma estuviera vigente el Código Penal hacía diferenciación entre dos delitos distintos: el de abuso y el de agresión. La diferencia principal entre ambos tipos penales era la "violencia e intimidación". En el caso de no haberla, se establecía como abuso. Además, se consideraba abuso si había un actos sexuales "no consentidos" que se ejecutaran "sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto".

Después de la ley

La intención del Gobierno fue acabar con esta diferenciación y que las penas no dependiesen de que la víctima se hubiera defendido y, por lo tanto, mediara de por medio "violencia o intimidación", por lo que se juntaron ambos tipos bajo el de agresión sexual. Así, el Código Penal establece actualmente que es culpable de "agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento".

Además, se señala que "sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona".

En la proposición del PSOE

La proposición de ley que ha registrado el PSOE este lunes recupera esas alusiones a la "violencia o intimidación". Aunque mantienen el nombre de agresión sexual para todos los delitos, a través de dos nuevos artículos plantean penas más graves si los delitos se cometieron "empleando violencia o intimidación". Así, el delito básico de agresión sexual que está penado con 1 a 4 años de cárcel, pasaría a una pena de 1 a 5 años, y el delito agravado, que actualmente va de 4 a 12 años, pasaría a estar castigado de 6 a 12 años si hubiera violación si hubiera "violación o intimidación"