Reforma del Código Penal
PSOE y Unidas Podemos proponen un nuevo tipo de malversación que rebaja la pena a 4 años de cárcel
La intención del Gobierno es que ninguna actuación que suponga un desvío de fondos públicos, sea cual sea su destino, quede exento de castigo, aunque se distingan más supuestos y gradaciones
PSOE y Unidas Podemos presentarán este lunes en el Congreso una propuesta de reforma del Código Penal que añade un nuevo tipo de malversación que penaliza con hasta 4 años de cárcel y 6 de inhabilitación el desvío presupuestario irregular dentro de la misma administración pública, lo que permitiría rebajar en dos años las penas con el actual Código Penal.
Así lo ha avanzado este domingo La Vanguardia y han confirmado a EFE fuentes cercanas a La Moncloa, que informan que con esta propuesta no se dejará ni un solo supuesto de malversación despenalizado, ni el más leve, que sería el nuevo delito incorporado y que aún no estaría pactado con ERC.
De este modo, se rebajaría la pena máxima aplicable a esos cargos procesados respecto al vigente Código Penal, que establece hasta seis años de cárcel y diez de inhabilitación por malversación.
El Gobierno considera que, con esta nueva propuesta, ningún supuesto de malversación quedaría despenalizado, ni el más leve, que sería el de nueva creación, hasta el más grave, e incluso otros comportamientos que ahora no están castigados, que también se incluirían, como el de enriquecimiento ilícito para aquellos cargos que obtengan un incremento patrimonial de más de 250.000 euros durante su mandato, que no puedan acreditar su origen, y que conllevaría hasta tres años de cárcel.
La intención del Gobierno es que ninguna actuación que suponga un desvío de fondos públicos, sea cual sea su destino, quede exento de castigo, aunque se distingan más supuestos y gradaciones.
El Código Penal actual es el que modificó el PP en 2015 y establece un delito de malversación independientemente de cuál sea el destino del dinero desviado cuyo castigo va de los dos a los seis años de cárcel (entre seis y 10 de inhabilitación), con un tipo agravado que puede llegar a los ocho años de prisión o incluso a los doce.
El PP eliminó cualquier distinción anterior sobre si había lucro personal o no. Se consideraba que cualquier desvío de fondos públicos era considerado malversación y se fijaba una horquilla de penas muy amplia.
Con el trasfondo de las condenas y posibles futuros procesamientos por el referendo ilegal del 1-O, ERC por su parte quiere reintroducir en el Código Penal el concepto de ánimo de lucro personal o de terceros como condición para la malversación más grave, conservando las penas que fijó el PP (de 2 a 6 años).
En sus iniciativas, ERC añade un artículo 432 bis de malversación sin ánimo de enriquecerse pero en la que el dinero se destina a fines particulares (de 6 meses a 3 años). Según ERC, sus dirigentes procesados no incurren en este supuesto porque el dinero no fue para fines particulares.
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