Nuevo marco penal
La Fiscalía rechaza rebajar penas si tienen cabida en el marco de la ley del 'solo sí es sí'
Los miembros del ministerio fiscal solo defenderán la rebaja cuando la pena no se encuentre dentro de la horquilla prevista en la reforma de la agresión sexual | La última palabra la seguirán teniendo los jueces, pero de esta forma todos los fiscales alegarán lo mismo ante las Audiencias Provinciales
El fiscal general del Estado,
Álvaro García Ortiz
, no ha perdido el tiempo y si el jueves ordenó recabar datos de las fiscalías de toda España, este lunes ha dictado el decreto por el que todos los representantes del ministerio fiscal darán una respuesta uniforme que garantice el principio de unidad de actuación a la hora de revisar sentencias firmes derivada de la entrada en vigor de la ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, conocida como
ley del 'solo sí es sí'
.
El decreto, que cuenta con el acuerdo y las aportaciones de la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez-Conde, y los fiscales de Sala jefes de Penal del Tribunal Supremo y ante el Tribunal Constitucional, establece que no se revisarán las condenas firmes cuando la pena impuesta en la sentencia sea susceptible de ser impuesta con arreglo al nuevo marco legal resultante de la reforma.
Caso a caso
Solo procederá la revisión cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal, en cumplimiento del principio del Estado de Derecho que prevé que se aplique la legislación más favorable al reo en cada momento.
Cada procedimiento deberá ser analizado individualmente, huyendo de automatismos que impidan valorar las concretas circunstancias concurrentes en cada caso. En cualquier caso la última palabra la seguirán teniendo los tribunales y especialmente el Tribunal Supremo, que prevé pronunciarse antes de un mes sobre los primeros casos. De momento, solo la Audiencia Provincial de La Rioja ha rechazado todos las revisiones que tenía previstas siguiendo un criterio similar al que defenderá la fiscalía.
El Tribunal Supremo ya siguió ese criterio en 2013 con la reforma del Código Penal relativa a los delitos contra la salud pública. Rechazó revisar la pena de seis años de prisión a un condenado por tráfico internacional de cocaína. El alto tribunal concluyó que si bien la resolución de instancia impuso al condenado la pena de seis años, que conforme al nuevo marco legal era la máxima, se valoró que dicha sanción no resultaba "desproporcionada en relación al hecho enjuiciado", por lo que no se le rebajó con la reforma, informa Europa Press.
El decreto, de obligado cumplimiento para los miembros del ministerio fiscal, se ha dictado para no demorar las pautas concretas para la revisión de sentencias hasta la publicación de una circular del fiscal general del Estado, que se emitirá una vez se someta al preceptivo informe de la Junta de Fiscales de Sala, que al ser más miembros tardaría más en producirse.
- MUFACE arrastra a sus aseguradoras: las pérdidas directas de DKV a costa del modelo fueron de 21 millones en 2023
- La burbuja de la vivienda a ojos del 'pueblo de los melones' de Guadalajara: "Puedo vender mi chalé por el doble
- La vida de Álex pende de un hilo: el 50% de su páncreas está muerto y la necrosis aumenta
- Así fue la tanda de penaltis en la que el Real Madrid eliminó al Manchester City en la Champions
- Perros sí, niños no: el cartel de admisión en una cafetería que ha levantado ampollas en las redes
- Marruecos presenta en Madrid un plan de inversiones para el disputado territorio del Sáhara Occidental
- Cristiano Ronaldo pide permiso a Sánchez, Ayuso y Almeida para vender su casa en el Four Seasons de Madrid
- Madrid reorganiza las suplencias en los centros de salud y enfada a los médicos: "Me parece grave por la presión que ejercen sobre nosotros