CAMBIOS EN EL CÓDIGO PENAL

La "intimidación" del nuevo delito de desórdenes públicos pone en alerta a los movimientos sociales

Los expertos discrepan sobre si la reforma da más o menos margen de interpretación a los jueces a la hora de tipificar las posibles conductas delictivas

La "intimidación" del nuevo delito de desórdenes públicos pone en alerta a los movimientos sociales.

La "intimidación" del nuevo delito de desórdenes públicos pone en alerta a los movimientos sociales.

Miguel Ángel Rodríguez

Intimidación. Esta palabra, incluida en la redacción del nuevo delito de desórdenes públicos con el que PSOE y Unidas Podemos pretende sustituir la sedición, ha causado un amplio desasosiego en los movimientos sociales. El Sindicat de LlogateresAmnistía InternacionalÒmnium Cultural, la ANC, varias decenas más de organizaciones e, incluso, algún partido político han mostrado su "preocupación" ante la posibilidad de que el nuevo texto amplíe el tipo de conductas que pueden ser consideradas delito y, por lo tanto, posibilite la criminalización de las protestas ciudadanas pacíficas.

La promesa que lanzó el presidente Pedro Sánchez la pasada semana fue derogar el capitulo que hace referencia a la sedición en el Código Penal e incluir un delito de desórdenes públicos agravados. Al día siguiente, socialistas y morados introdujeron una proposición de ley orgánica que modifica el artículo 557 de esta norma. "Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación sobre las personas o las cosas; u obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas, o invadiendo instalaciones o edificios", versa la nueva redacción.

"Nos preocupa muchísimo la repercusión que puede tener sobre las acciones pacíficas que lleva normalmente a cabo el movimiento por la defensa de la vivienda", asegura a EL PERIÓDICO el portavoz del Sindicat de LlogateresEnric Aragonès, en referencia a las ocupaciones que realizan de oficinas bancarias o a los intentos de paralizar desahucios. Aragonès subraya que la introducción de la palabra 'intimidación' permitirá que la interpretación que puedan hacer los jueces sea "más abierta". Así, señala que hasta ahora todas las acusaciones por desórdenes públicos han terminado en absolución, pero los abogados de esta organización "han expresado su preocupación" ante la posibilidad de que esta dinámica cambie.

En línea con 2015

Daniel Canales, investigador especializado en derechos humanos en Amnistía Internacional, coincide con este análisis. Mostrándose cauto a la espera de cómo queda finalmente redactado este delito tras su tramitación parlamentaria, en la que podría sufrir cambios, apunta a que la nueva redacción "parece ampliar el tipo de conductas que pueden ser consideradas como delitos de desórdenes públicos".

Además de criticar la extensión del concepto de 'intimidación', Canales considera que con el nuevo artículo "no se está exigiendo lesiones o daños concretos para considerar que se ha cometido un delito". A este respecto, en conversación con este diario, recuerda que la reforma del Código Penal que realizó el PP en 2015 ya eliminó la necesidad de que la alteración del orden públicos fuera "causando lesiones a las personas" o "produciendo daños en las propiedades" para exigir "actos de violencia sobre las personas o sobre las cosas, o amenazando a otros con llevarlo a cabo". Ahora, se queda en "actos de violencia o intimidación". Así, considera que esta reforma va en la misma línea: "Es una puerta que se abre".

La reforma tampoco gusta a Òmnium Cultural y a la ANC, cuyos líderes durante el 'procés' Jordi Cuixart y Jordi Sànchez fueron condenados por el Tribunal Supremo a 9 años de prisión. El presidente de Ómnium Cultural, Xavier Antich, consideró que la redacción del nuevo delito podría acabar "ampliando peligrosamente" las acciones enmarcadas y ser utilizada para "criminalizar la disidencia política". La ANC, a través de un comunicado, denunció que la reforma es un "aval que facilita la represión contra acciones democráticas".

Probar los hechos

El abogado experto en Derecho Penal y profesor de la Universidad de Navarra José María de Pablo considera más difícil que el término 'intimidación' permita aplicar este delito a otras acciones de protesta ciudadana. "La intimidación se tiene que probar", asegura en conversación telefónica con este diario, antes de señalar que para que se de esta intimidación debe ocurrir que "objetivamente sean hechos capaces de intimidar", por lo que será necesario "ver el grado de violencia". A este respecto, recuerda que la sentencia del 'procés' da por probado el miedo real que sintieron los funcionarios del Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona que acudieron en septiembre de 2017 a practicar los registros judiciales en la 'Conselleria' de Economía y Hacienda.

Además, sostiene que en el delito de desórdenes públicos agravados se habla de "una multitud cuyo número, organización y propósito sea idóneo para afectar gravemente el orden público" no entrarían las movilizaciones habituales que se producen ante un desahucio, sino grandes concentraciones de miles de personas.

La doctora en Ciencias Políticas y profesora de la Universidad Internacional de Valencia Anna López Ortega añade que con esta redacción "se acota mucho más el delito y las sanciones atribuidas" y, por tanto, "para los jueces el margen de discrecionalidad será menor y eso será beneficioso para el ejercicio de los derechos de expresión". "Lo que se garantiza es un marco jurídico mucho más estable, más concreto y acorde a las legislaciones internacionales. El Código Penal se está europeizando", sentencia. No obstante, apunta a que la duda causada entre los movimientos sociales se debe a un "fallo de comunicación" por parte del Gobierno que debe realizar un trabajo "más didáctico-pedagógico".