AUDIENCIA NACIONAL

El juez dicta orden europea de investigación contra un miembro de la cúpula de ETA por el atentado de 2002 en Santa Pola

García-Castellón considera "imprescindible" interrogar a Félix Ignacio Esparza, que cumple pena en una prisión francesa

Coche bomba frente a la casa cuartel de la Guardia Civil en Santa Pola.

Coche bomba frente a la casa cuartel de la Guardia Civil en Santa Pola. / Miguel Lorenzo

Cristina Gallardo

Cristina Gallardo

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha emitido una orden europea de investigación (OID) con la finalidad de tomar declaración al preso en Francia Félix Ignacio Esparza -alias Navarro, Gava y Ana- uno de los miembros del Comité Ejecutivo de la banda terrorista ETA al que investiga desde el pasado mes de julio por el atentado perpetrado contra la casa cuartel de la Guardia Civil de Santa Pola, cometido en agosto de 2002. El ataque causó la muerte a un hombre de 57 años y una niña de 6 hija de un agente, además de heridas a 51 personas.

El magistrado imputa a Esparza y a los también exmiembros de la cúpula Juan Antonio Olarra Guridi, Ainhoa Mugica; Mikel Albisu -Mikel Antza- Ramón Sagarzazu Gaztelumendi y María Soledad Iparraguirre -Anboto- la "responsabilidad por omisión" del atentado. Según el auto dictado el pasado jueves por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, la orden se dirige a la Fiscalía Antiterrorista de la República de Francia e incluye un formulario que habrá de realizarse por videoconferencia. Durante este trámite, Esparza será asistido de abogado de su elección, que ya consta personado en las actuaciones, y el letrado intervendrá opcionalmente por medio de videoconferencia, o desde la sede judicial.

La OID es un instrumento de cooperación jurídica que se emite cuando la eficacia de una resolución penal española requiere la práctica de actuaciones procesales en otro Estado miembro de la Unión Europea. En este caso, según el juez, se cumple el requisito de necesidad, al ser la declaración del querellado una "diligencia esencial del procedimiento penal". También se aprecia proporcionalidad "a la vista de la gravedad de los hechos que se le imputan -atentado cometido el 4 de agosto de 2002 con coche bomba en la Casa Cuartel de la Guardia Civil de Santa Pola (Alicante)- y no ser posible su sustitución por otra diligencia menos gravosa". 

INFORME DE LA GUARDIA CIVIL

La orden se emite tan solo unas semanas después de la remisión al juzgado de un informe en el que la Guardia civil sostiene que la 'ZUBA' - la cúpula de ETA_ pudo "haber evitado el desenlace" haciendo valor la "posición de mando que ostentaban dentro de la organización terrorista y su amplia capacidad de actuación", señalando de esta forma a sus dirigentes.

Según el documento, del que informó Europa Press, "la decisión de llevar a cabo el atentado contra la casa cuartel de Santa Pola no pudo ser tomada por un miembro concreto o aislado" del Comité Ejecutivo, "sino que debió requerir del consenso y de la toma de una decisión colegiada por todos los integrantes". "El alcance, la repercusión y las consecuencias de una acción terrorista como la cometida contra el citado acuartelamiento, el cual era habitado además de por agentes de la Guardia Civil, también por sus respectivas familias (entre ellos menores de edad), así lo requería", añade el informe.

Por todo ello, el Instituto Armado concluye que los dirigentes de la banda eran "plenamente conocedores de la intención de volar el cuartel de la Guardia Civil de Santa Pola, ya no solo por haber seguramente decidido, planificado y ordenado la acción, sino porque además se responsabilizó de su materialización a través de un medio de comunicación social poco después de llevarlo a cabo y de la elaboración del comunicado justificando la acción terrorista".