FISCALÍA

La justicia desoye a los fiscales que actuaron contra Delgado por el 'caso Stampa' y les condena en costas

El TSJ concluye que los vocales que exigieron información a la entonces fiscal general sobre la investigación al fiscal del caso Villarejo carecían de legitimidad para ello.

Ignacio Stampa.

Ignacio Stampa.

Cristina Gallardo

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado carpetazo, condenando además en costas, a las exigencias de los que fueran vocales de la asociación mayoritaria de fiscales (AF) en el anterior Consejo Fiscal, presidido por la exfiscal general Dolores Delgado. Acudieron a la justicia en febrero de 2022 para obligarle a dar información sobre la investigación de carácter disciplinario abierta al que fuera fiscal del caso Villarejo Ignacio Stampa, después de que éste fuera expulsado de la Fiscalía Anticorrupción al no obtener ninguna de las plazas fijas que se ofertaban, pero los jueces dicen ahora que carecían de competencias para ello.

El caso Stampa y la actuación de la Fiscalía General del Estado (FGE) comandada por Delgado en este asunto supuso una de las principales fuentes de polémica durante el mandato de la que fuera exministra de Justicia al frente del Ministerio Público. La justicia  ofreció al propio Stampa una "satisfacción extraprocesal" el pasado mes de febrero, tras constatar que ya se le habían entregado los documentos de la investigación interna que se siguió en su contra por una supuesta revelación de secretos a abogados de Podemos, que acabó archivándose

La misma información fue exigida por los vocales de la Asociación de Fiscales, pero el TSJ dice ahora, en coincidencia con la Abogacía del Estado, que carecen de legitimación para acudir a la justicia por no entrar este asunto dentro de las competencias que les están atribuidas como miembros del Consejo Fiscal, según la resolución a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA.

100 EUROS MÁS IVA

Pedían ser informados sobre un expediente gubernativo "que en nada les afecta, ni de unas diligencias previas de las que tampoco forman parte ni en su condición de particulares ni en su condición de fiscales", afirma el auto. Por ello el TSJ inadmite el recurso y archiva las actuaciones, condenando a la asociación a "las procesales del presente incidente, se imponen expresamente a los recurrentes en cuantía máxima de 100 euros a cada uno de ellos, más el IVA".

La Sala añade que los vocales recurrentes "no actuaron en representación del Consejo Fiscal sino en nombre propio", por lo que la Sala entiende que "no se pueden arrogar facultad ni competencias atribuidas al Consejo como órgano, a título particular".

Dice también que en nada afectaba tampoco a estos vocales que presuntamente se dilataran las diligencias de investigación con el fin de perjudicar a Stampa en la propuesta para ocupar uno de los puestos existentes en la Fiscalía Anticorrupción, "pues solamente el referido Fiscal sería el interesado en hacer averiguaciones al respecto". En su día, Delgado rechazó responder a los requerimientos por ser "materia reservada" y los vocales electivos de la AF reprocharon a Delgado su negativa, llevando el asunto a los tribunales.