Junts

El TSJC coloca a Laura Borràs a un paso del juicio por corrupción y deja en el aire su futuro político

El juez da 10 días a la fiscalía para acusar a la presidenta del Parlament por trocear contratos cuando dirigía la ILC para beneficiar a un amigo

La líder de Junts y presidenta del Parlament, Laura Borràs, en una sesión plenaria, en el Parlament de Cataluña.

La líder de Junts y presidenta del Parlament, Laura Borràs, en una sesión plenaria, en el Parlament de Cataluña. / David Zorrakino / EP

La presidenta del Parlament, 

Laura Borràs

, está a un paso de sentarse en el banquillo de los acusados. El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (

TSJC

) ha decidido continuar el proceso judicial contra la también presidenta de Junts por, presuntamente, fraccionar contratos de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC) para beneficiar a un amigo. La decisión, que es el paso previo a la presentación por parte de la fiscalía de su escrito de acusación y la apertura de juicio oral, abre ahora una incógnita sobre el futuro político de Borràs al frente del Parlament, cuyo reglamento establece que debe ser despojada de sus funciones cuando su caso llegue a juicio al estar vinculado a delitos de corrupción.

En un auto, el juez del alto tribunal Jordi Seguí, instructor de la causa, da por concluida la investigación a Borràs y a tres imputados más por los presuntos delitos de prevaricación, fraude, falsedad documental y malversación de fondos públicos. El magistrado da 10 días a la fiscalía para presentar su escrito de acusación, tras concluir que "abusó de sus funciones" al frente de la ILC y acordó con su amigo Isaías Herrero, entre 2013 y 2017, el fraccionamiento y adjudicación irregular de 18 contratos menores por 330.442 euros (se pagaron, al final, 309.176 euros)

El escrito remarca que la presidenta del Parlament presuntamente "dictó resoluciones injustas al aprobar las adjudicaciones de estos contratos" bajo sospecha, omitiendo un concurso para "favorecer los intereses" de su amigo y "en detrimento de la defensa de los intereses generales". Al entender del togado, existen "indicios suficientemente sólidos" de la "concentración" entre los dos imputados y la "confección y posteriores presentación" por parte de Isaías Herrero de presupuestos atribuidos a personas y entidades que han negado su intervención en los mismos. Para el juez, existen pruebas de que la actuación de Borràs "ha comportado un perjuicio a los caudales públicos", pues la determinación de los importes de los contratos fraccionados y las facturas se hacía "con criterios arbitrarios".

Nuevas pruebas

Es la segunda vez que el juez instructor da ese paso, pero Borràs recurrió la decisión alegando que se había vulnerado su derecho de defensa: el tribunal estimó el recurso y retomó la investigación judicial, y ahora, tras haber hecho nuevos interrogatorios y recopilar más pruebas, la concluye otra vez. A la causa no solo se han añadido nuevas declaraciones, sino también documentación de la interventora delegada de la Conselleria de Cultura en el que recomendaba a la dirigente de Junts evitar el fraccionamiento de contratos, así como otro informe de la Sindicatura de Comptes en el que se hacía constar que la adjudicación a Isaías Herrero de unos contratos concretos vulneraba la ley.

En la causa también se ha incluido mensajes de voz enviados por la presidenta del Parlament a un empleado del ILLC en el que esta, tras abandonar la institución y al día siguiente de que los Mossos registraran la casa de Isaías Herrero, le pedía que le enviara con urgencia por correo "todos los contratos" a nombre de su amigo y "todo lo que le hemos pagado a su nombre".

El artículo 25.4 del reglamento del Parlament explicita que en los casos en que un diputado sea acusado por delitos "vinculados a la corrupción", la Mesa del Parlament, "una vez sea firme el auto de apertura del juicio oral y tenga conocimiento del mismo, debe acordar la suspensión de los derechos y deberes parlamentarios de forma inmediata". Ese momento puede llegar, con toda probabilidad, antes de las vacaciones.

Todos los partidos, salvo Junts, consideran que los delitos que se achacan a Borràs están relacionados con la corrupción, aunque fuentes del equipo de la presidenta cuestionan que pueda quedar sujeta a estas consideraciones porque su caso es una "persecución contra el independentismo", es decir, insisten en que la suya es una causa política. La corrupción en sí no aparece en el

Código Penal

, pero el

Consejo General del Poder Judicial

sí incluye en esta categoría los delitos por los que se abrió la investigación.

No obstante, los letrados de la Cámara catalana, a petición de Borràs, elaboraron un informe que proponía varios cambios en el reglamento y uno de ellos se refería precisamente al artículo 25.4. Apostaban por suprimirlo, alegando que "no tiene ningún precedente ni referente en nuestro derecho parlamentario". "Contempla una causa de suspensión del ejercicio de un derecho fundamental (el de participación política) que presenta serias dudas de constitucionalidad respecto a la presunción de inocencia, que también es un derecho fundamental", sostuvieron entonces los servicios jurídicos. En un informe previo, de 2018, se sugería que el redactado era ambiguo y que cabía clarificarlo.

El reglamento de la cámara

Con el reglamento vigente, Borràs no podría ejercer como diputada ni como presidenta del Parlament, pero conservaría su acta como parlamentaria porque se trata de una suspensión temporal y acotada al plazo entre la apertura del juicio oral y la posterior sentencia. En el caso de que fuera absuelta, sí podría volver a ejercer porque no habría corrido la lista, ya que no se emitirán nuevas credenciales.

Ahora bien, en el momento en que quede sin atribuciones, la presidencia de la Cámara catalana quedará vacante y la vicepresidenta primera, Alba Vergés, deberá asumir sus competencias de forma interina. Esto siempre que Junts quiera mantener la plaza que ocupa Borràs vacía, porque si opta por conservar el puesto y ejercerlo, puede proponer a cualquier otro diputado de sus filas y votar su candidatura en el pleno.