TRIBUNALES
El Supremo se da una prórroga para dictar la sentencia de los ERE en Andalucía
Notifica un auto por el que el tribunal se concede 60 días hábiles más para analizar y dictaminar sobre este asunto, a contar desde el pasado 23 de mayo.

El Tribunal Supremo se ha dado un prórroga para dictar sentencia sobre los ERE de Andalucía más allá del plazo ordinario de diez días que señala la ley para hacerlo. En un auto notificado esta semana, la Sala de lo Penal del alto tribunal se da 60 días hábiles más a contar desde el pasado 23 de mayo, que es cuando se produjo el vencimiento legal.
Fuentes jurídicas señalan a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA que esta pórroga extendería el plazo límite para resolver este asunto a finales de julio o incluso principios de septiembre, si bien no tiene por qué agotarse.
El alto tribunal analiza los recursos que expusieron en una vista pública a principios del pasado mes de mayo las defensas de 19 exaltos cargos de la Junta de Andalucía, entre los que se encuentran José Antonio Griñán y Manuel Chaves, que reclaman su absolución al considerarse ajenos a las decisiones que motivaron sus condenas en relación con el desvío de casi 700 millones de dinero público que gestionaba la Junta de Andalucía.
COMPLEJIDAD DE LA CAUSA
El auto justifica el tiempo extra en "la complejidad de la causa, teniendo en cuenta el número de recurrentes y los motivos formulados". Desde el Supremo se venía señalando que la sentencia no se conocería hasta una vez pasadas las elecciones autonómicas de Andalucía del pasado domingo, si bien esta prórroga, que puede repetirse una vez pasen los 60 días hábiles estipulados, extiende aún más el asunto en el tiempo.
Griñán, que fue penado con seis años de cárcel por malversación y prevaricación continuadas, alegó ante el Supremo que no tuvo responsabilidades en este Gobierno hasta abril de 2004, años después de que se creara el mecanismo de concesión de ayudas que la Audiencia Provincial de Sevilla condenó por delictivo. Chaves, condenado a 9 años de inhabilitación, rechaza haber cometido prevaricación porque ni los acuerdos del Consejo de Gobierno ni las modificaciones presupuestarias deben considerarse actos adminitrativos sino políticos, y niega además que fueran arbitrarios.
Se juzgó procedimiento a través del cual la Junta de Andalucía financiaba sus subvenciones autonómicas para prejubilaciones de expedientes de regulación de empleo (ERE) que eran fraudulentos o innecesarios y ayudas directas y supuestamente arbitrarias a empresas. Además de las defensas de los condenados, intervienen-para defender la confirmación de las condenas- la Fiscalía del Tribunal Supremo y la acusación ejercida en nombre del PP.
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