TRIBUNALES

El juez se olvidará del alzamiento de bienes que pesa sobre Medina si obtiene en firme la herencia de su abuela

El juez Carretero rechaza por el momento dejar de investigarle por tratar de ocultar el botín de un millón de dólares obtenido con la compra de material sanitario para el Ayuntamiento.

El empresario Luis Medina.

El empresario Luis Medina. / EFE

Cristina Gallardo/Roberto Bécares

Luis Medina continuará por el momento investigado por cuatro delitos en relación con el pelotazo de 1 millón de dólares que obtuvo en una operación de compra de material sanitario para el Ayuntamiento de Madrid. El juez Adolfo Carretero ha rechazado su recurso contra la inclusión del delito de alzamiento de bienes al catálogo de acusaciones por estafa agravada, falsedad documental y blanqueo de capitales que ya pesaban contra él, si bien abre la puerta a levantar esta imputación si se acredita la obtención de la herencia de su abuela para hacer frente a la fianza de casi 900.000 euros a la que debe hacer frente.

Así lo explica el titular del Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid en un auto, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, en el que se recuerda a Medina, respecto al ofrecimiento de sus derechos hereditarios para dejar sin efecto el delito de alzamiento, que antes hay que dirigirse al Juzgado Sevillano que dirimió el pleito familiar sobre la herencia de la fallecida María Eugenia Fernández de Córdoba. Cuando este órgano judicial conteste se levantará la imputación, si bien "se mantendrán los embargos hechos" por si fuese revocada la sentencia, que de momento se ha dictado en favor del hijo del Duque de Feria.

Mientras tanto, el juez mantiene un delito que fundó en las manifestaciones realizadas por el propio Medina ante la Fiscalía Anticorrupción en noviembre de 2020. "El investigado hizo sus disposiciones patrimoniales antes de un proceso de previsible iniciación, como así resultó, sin que tenga nada que ver que con posterioridad a los embargos dictados por este Juzgado, no haya hecho disposición patrimonial alguna", señala la resolución conocida este jueves.

FILTRACIONES A LOS MEDIOS

El juez dice también en su auto que "comparte íntegramente las críticas a las filtraciones, a los medios que hace el investigado, entre otras razones, porque han afectado también a su propia imagen" en alusión a la voz de Medina que pudo escucharse en los vídeos obtenidos por los medios de comunicación de su declaración en Fiscalía.  

No obstante, Carretero añade que cualquiera de las acusaciones personadas puede filtrar las actuaciones sin la necesaria connivencia de ningún funcionario público, y que dicha conducta solo está castigada con multa en el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. 

Carretero añadió el alzamiento de bienes al catálogo de delitos que atribuye a Medina tras descubrir que en las cuentas de Medina solo hay 247,26 euros, una cantidad insuficiente para afrontar la responsabilidad civil de los presuntos delitos investigados, que en su caso asciende a 1.216.984,33 euros. Previamente el juzgado únicamente pudo embargar a este empresario un velero matriculado en Gibraltar de 325.515 euros.

Al ser preguntado por el propio Carretero sobre el destino del dinero que cobró de las comisiones presuntamente ilegales, Medina señaló que hace un año el fiscal de Anticorrupción "no dijo expresamente que tuviera prohibido disponer" de sus bienes, algo que hizo porque no pensó "que hubiera nada irregular", y que nunca intentó "defraudar nada". Tras la declaración el magistrado ordenó retirar el pasaporte a los dos empresarios investigados, ante la gravedad de los delitos supuestamente cometidos.

NO VE ALZAMIENTO EN LUCEÑO

Al contario de lo ocurrido con Medina, el juez no ve alzamiento en la conducta de su socio Alberto Luceño, que consiguió comisiones por casi cinco millones de euros en comisionies que en gran medida han desaparecido de sus cuentas. 

La razón es que, tal y como ha demostrado su defensa, el dinero de la venta tres vehículos que podrían ser susceptibles de este alzamiento fue ingresado en las cuentas de la sociedad Takamaka Invest, de la que es el administrador único. También ha aportado los relojes que se le han pedido y justifica los gastos necesarios para su vida personal y vida mercantil de la citada sociedad.