ERES DE ANDALUCÍA

Griñán y Chaves piden al Supremo su absolución por ser ajenos a las decisiones que motivaron las condenas por los ERE

La vista pública en el Supremo arranca con ataques de las defensas contra una sentencia "oscura" y que mezcló actos administrativos con la acción del Parlamento andaluz

Manuel Chaves y José Antonio Griñán

Manuel Chaves y José Antonio Griñán / EPE

Cristina Gallardo

Las defensas de José Antonio Griñán y Manuel Chaves han reclamado este miércoles en el Tribunal Supremo la absolución de los dos expresidentes de la Junta de Andalucía al considerarlos ajenos a las decisiones, avaladas por el Parlamento autonómico, que motivaron las condenas de una veintena de responsables socialistas por el denominado caso de los ERE. 

Griñán, que fue penado con seis años de cárcel por malversación y prevaricación continuadas , ha alegado, entre otros motivos, que no tuvo responsabilidades en este Gobierno hasta abril de 2004, años después de que se creara el mecanismo de concesión de ayudas que la Audiencia Provincial de Sevilla condenó por delictivo. Chaves, condenado a 9 años de inhabilitación, rechaza haber cometido prevaricación porque ni los acuerdos del Consejo de Gobierno ni las modificaciones presupuestarias deben considerarse actos administrativos, sino políticos, y niega además que fueran arbitrarios.

El Supremo acoge desde este miércoles una vista pública por este caso, que fue sentenciado hace más de dos años y que condenó a 19 cargos de la Junta de Andalucía del total de 21 que se sentaron en el banquillo, entre otros, a los expresidentes de la Junta José Antonio Griñán y Manuel Chaves por el desvío de casi 700 millones de dinero público.  

Se juzgó el procedimiento a través del cual la Junta de Andalucía financiaba sus subvenciones autonómicas para prejubilaciones de expedientes de regulación de empleo (ERE) que eran fraudulentos o innecesarios y ayudas directas y supuestamente arbitrarias a empresas. En la sesión de este jueves intervendrán, para defender la confirmación de las condenas, la Fiscalía del Tribunal Supremo y la acusación ejercida en nombre del PP.

SENTENCIA "PROFUNDAMENTE DESACERTADA"

En general, las defensas han calificado la sentencia de más de 1.800 folios dictada en su día por la Audiencia Provincial de Sevilla de "oscura", llena de contradicciones y de difícil comprensión, además de "profundamente desacertada". 

Entre los reproches legales, que no se identificara y llevara al procedimiento a quienes supuestamente se beneficiaron de la malversación cometida por los responsables autonómicos para poder imponer condenas por esta conducta. También que, para construir su relato, la instructora Mercedes Alaya mezclara actos administrativos con la acción del Parlamento andaluz, que fue el órgano que al fin y al cabo aprobó las disposiciones presupuestarias que luego se tildaron de delictivas.

ACTOS POLÍTICOS DE CHAVES

La defensa de Chaves, ejercida por el letrado Pablo Jiménez de Parga de modo muy técnico, se ha basado en tratar de demostrar que ni los acuerdos del Consejo de Gobierno que ordenaron la tramitación de los Presupuestos andaluces que incluían estas ayudas, ni tampoco las modificaciones de los mismos, pueden ser considerados actos administrativos utilizados para prevaricar, es decir, dictados a sabiendas de que eran injustos.

Para ello, el abogado ha aludido a numerosa jurisprudencia del propio Tribunal Supremo y también del Tribunal Constitucional, en las que este órgano dice que "no toda la actuación del Gobierno está sujeta al derecho administrativo", y entre ella la de enviar a las cortes un proyecto de ley. En tales casos, según estableció en 1990 el tribunal de garantías, el Gobierno "actúa como órgano político, no como órgano de la administración", por lo que no puede hablarse de acto administrativo injusto.

El abogado José María Calero, defensor de Griñán, ha sido el sexto en intervenir ante una Sala integrada por los magistrados Juan Ramón Berdugo, serán Ana María Ferrer, Carmen Lamela, Susana Polo y Eduardo Porres, que será el ponente de la sentencia que dicte el alto tribunal y supondrá el cerrojazo definitivo a un asunto que inició su andadura judicial hace once años.

"GRIÑÁN NO MIRÓ A OTRO LADO"

Según este letrado, los hechos probados no establecen que se hiciera saber a Griñán la existencia del sistema de concesión de ayudas cuando llegó a la Junta tras ser diputado autonómico. Lo que se encuentra, según su defensa, es que ya había habido tres acuerdos del Parlamento de Andalucía que habían convertido la polémica partida destinada a estas ayudas en ley formal. "No miró a otro lado, todo lo que sugirió la Intervención se hizo ley", ha afirmado el letrado, para incidir también en que "no puede malversar quien no decide el destino de los fondos".

En este sentido, ha negado su implicación porque de al menos tres de las cinco actuaciones que, según la Audiencia de Sevilla, integraron el núcleo delictivo - concesión de subvenciones y convenios aprobados-, su cliente no tuvo nada que ver. Se limitó a elevar los anteproyectos de ley, lo que no supuso un acto administrativo, sino "una actividad pre legislativa", y siempre con el aval de la Intervención. 

Sobre la malversación, la defensa de Griñán ha insistido en que la sentencia no describe este delito, tan solo señala que el dinero se destinó a fines distintos a los recogidos en las fichas presupuestarias, "pero que podían ser también públicos". Tampoco es posible identificar, según la defensa, ánimo de lucro alguno del expresidente, que cuando ocurrieron los hechos era el responsable de Economía y Hacienda.

Por otra parte, la defensa pide al Supremo que modifiquen determinados hechos probados de la sentencia de instancia, que son erróneos y que introduzcan otros nuevos, como es el hecho de que el dinero presuntamente desviado por Griñán no supusiera más de un 0,3 por ciento del total de los presupuestos andaluces. A juicio de este letrado, "todas las patologías posibles de los macrojuicios se ven aumentadas en este caso".

Antes de la defensa de Griñán han intervenido las de otros altos cargos como fue el ex consejero de Empleo Antonio Fernández, el exconsejero de Innovación, Ciencia y Empresa, Francisco Vallejo, la que fuera viceconsejera de Economía y Hacienda, Carmen Martínez Aguayo, el ex consejero de Presidencia Gaspar Zarrías o la ex consejera de Economía y exministra Magdalena Álvarez.

La sesión se fijó a menos de dos meses de las elecciones andaluzas adelantadas al 19 de junio por el presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno Bonilla. Los ERE irrumpen así en plena precampaña andaluza y a buen seguro darán argumentos a las diferentes formaciones que concurren a los comicios, que en circunstancias normales deberían haber tenido lugar a finales de año. 

La futura sentencia no se conocerá previsiblemente hasta bien pasada la contienda electoral, debido a la complejidad del caso - con una veintena de recurrentes- y también a la conocida forma de trabajar del Supremo, que no suele adoptar decisiones con trascendencia política si coinciden con periodos electorales.