TRIBUNALES

La Justicia determina que relacionar a Vox con el nazismo entra dentro de la libertad de expresión

La Audiencia Provincial de Madrid confirma el archivo de una querella que el partido de ultraderecha interpuso contra el fundador de Podemos Juan Carlos Monedero

Los magistrados defienden que el exlíder de la formación de izquierda realizó simplemente "una crítica" a la propuesta que hizo la formación de ultraderecha de retirar la asistencia sanitaria a extranjeros

Dirigentes de Vox posan en una concentración contra los indultos a los presos del ‘procés’, junto a la estatua de Blas de Lezo, en Madrid.

Dirigentes de Vox posan en una concentración contra los indultos a los presos del ‘procés’, junto a la estatua de Blas de Lezo, en Madrid. / A. Pérez Meca

Tono Calleja

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 16 de Madrid de archivar la querella que interpuso Vox contra Juan Carlos Monedero por injurias, al mismo tiempo que rechaza que las palabras del fundador de Podemos en las que relacionaba la formación de Santiago Abascal con los crímenes cometidos por los nazis y por los asesinos de Medellín sean constitutivas de un delito de odio.

El auto considera "evidente" que las declaraciones del fundador de Podemos no pueden enmarcarse en un delito de injurias y calumnias, tal y como pretendía la querellante, pues las manifestaciones vertidas a través de la red social Twitter por Monedero "se mueven en el ámbito del ejercicio al derecho a la libertad de expresión en su modalidad de comunicación de pensamientos, ideas u opiniones".

"Dicha referencia no supone que se impute al partido Vox, a sus votantes y simpatizantes, crímenes similares a los cometidos por el nazismo, ni por los asesinos de Medellín", completan los magistrados en su auto de 13 de enero, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA.

Una crítica política

En sentido contrario a la pretensión de Vox, los magistrados consideran que el fundador de Podemos realizó con sus declaraciones "una crítica" a la propuesta de la formación de ultraderecha para que se retirara la asistencia sanitaria a los extranjeros que se encuentran en situación irregular en territorio español.

No obstante, los jueces sí apuntan que la crítica de Monedero fue "desacertada por los términos utilizados". Sin embargo, de las expresiones que se recogen en el video "no se desprende que se esté imputando al partido político Vox un delito de odio contra colectivos vulnerables", completan.

"En el supuesto examinado no se aprecia la existencia de esa incitación al odio o a la violencia, ni, consecuentemente, la presencia de un riesgo real, aun en el marco del peligro potencial, para los bienes jurídicos protegidos", prosiguen los magistrados, que completan que las expresiones vertidas "no incitan al odio a la hostilidad o la violencia para conseguir objetivos políticos, ni sus expresiones constituyen manifestaciones del discurso del odio, que pueda alentar una situación de riesgo para las personas o derechos de terceros o para el propio sistema de libertades". 

Quedan despenalizadas

La decisión judicial recuerda a Vox el especial refuerzo que tiene la libertad de expresión en el ordenamiento jurídico español, que establece que incluso en el supuesto de que las palabras de una persona puedan ser consideradas objetivamente injuriosas, estas quedarían "despenalizadas cuando se deduzca que el querellado no procedió con ánimo de menospreciar o desacreditar sino de ejercitar un derecho, ejecutar una crítica o denunciar unos determinados hechos en un contexto concreto". Un criterio que sería aplicable al caso de Monedero, al concurrir el mencionado ánimo de crítica o denuncia, destaca el auto.

Esta es la razón por la que la Sala confirma la inadmisión de la querella de Vox, pues considera que el querellado no ha efectuado imputación de delito alguno a la formación política liderada por Santiago Abascal: "No le ha atribuido participación alguna en la acción antisemita llevada a cabo a través de las pintadas, sino, a su entender y de forma irreflexiva, su apoyo a quienes pudieran aparecer como responsables de su autoría".

Tampoco se puede estimar cometido un delito de injurias, concluye el auto, que reitera que las declaraciones de Monedero se mueven en el ámbito del ejercicio del derecho a la libertad de expresión, al mismo tiempo que no pueden ser calificadas, ni por su contenido ni por el contexto temporal en que se realizan, como expresiones indudablemente ultrajantes u ofensivas.