Opinión | ANÁLISIS

Fernando Garea

Una estrategia política ineficaz y errónea

Las contraindicaciones de la estrategia de los partidos que tratan de judicializar las decisiones políticas

Carlos Lesmes preside la toma de posesión de los presidentes de la Sala Cuarta, Quinta y Tercera del Alto Tribunal.

Carlos Lesmes preside la toma de posesión de los presidentes de la Sala Cuarta, Quinta y Tercera del Alto Tribunal. / EFE/Chema Moya

¿Por qué un juez anula una decisión política como cambiar el nombre de una calle? ¿Por qué se pretende que un tribunal anule una decisión tan discrecional como un nombramiento que reúne los requisitos objetivos y formales que exige la ley? ¿Por qué hemos llegado al punto en el que se intenta que los jueces tomen decisiones sobre la pandemia que sólo están al alcance de especialistas médicos?

Y así pueden llegar hasta el infinito los interrogantes posibles sobre lo que se conoce como la judicialización de la política, que es, ni más ni menos, hacer política por otra vía, la de los tribunales. Se busca conseguir en otro campo lo que no se puede conseguir con los votos o los escaños, llevando a los tribunales decisiones políticas discrecionales.

La democracia se basa en la idea de que los poderes se interrelacionen y hasta que entren en conflicto para evitar excesos, al mantener el sistema de controles mutuos. El problema es que entre el judicial y el legislativo el control debería limitarse a certificar si se cumplen los requisitos formales, legales y objetivos, pero no debería servir para determinar si la decisión política fue correcta o no. Es decir, no debe entrar en el análisis de lo que se llaman actos políticos.

Esta vez, el Tribunal Supremo ha frenado el intento de judicialización incluso sin necesidad de entrar en esas consideraciones. Le ha bastado quedarse en el primer escalón y ha determinado que un partido político no está legitimado para recurrir el nombramiento de la Fiscal General del Estado. Frena por una vez la estrategia de hacer política en los juzgados.

Dolores Delgado cumplía los requisitos objetivos exigidos por la ley. Eso no quiere decir que no sea cuestionable que se pase de ministra y diputada a Fiscal General, como lo era en su momento que Andrés Ollero pasara de diputado del PP a magistrado del Tribunal Constitucional. Es criticable y hasta censurable, pero no susceptible de anulación por un tribunal.

El Supremo anuló en su día el nombramiento de Eligio Hernández como Fiscal General, pero lo hizo porque no cumplía el requisito formal de los años exigidos de ejercicio profesional porque incluyó el tiempo que ocupó el cargo de gobernador civil. Ese no es el caso de Delgado.

De la misma forma que es sorprendente que haya jueces que anulen, por ejemplo, la decisión del Ayuntamiento de Madrid de sustituir el nombre de la calle Caídos de la División Azul, que homenajea a un ejército que combatió codo con codo con las tropas de Hitler. ¿No puede un ayuntamiento democrático tener margen para tomar esa decisión política (y sensata)?

Esa estrategia de judicialización de la política, además, tiene efectos negativos y, por tanto, puede no ser una buena estrategia. Primero porque pone en un brete una institución básica como la Justicia a la que le coloca el estigma del sesgo ideológico al meterla en la confrontación política y, sobre todo, porque puede terminar legitimando decisiones erróneas, discutibles o censurables.

Por ejemplo, el Gobierno de Pedro Sánchez podrá ahora sacar pecho sobre lo correcto que fue el nombramiento de Delgado como Fiscal General, sólo porque no ha sido anulado por el Tribunal Supremo, omitiendo que sigue siendo igual de discutible desde el punto de vista ético y político.

Hay ejemplos también de actuaciones que pueden ser rechazables desde el punto de vista político o ético, pero no desde el judicial. El Gobierno actuó como mínimo torpemente en la gestión del “caso Gali” sin necesidad de cometer un delito; el cese del coronel Pérez de los Cobos fue censurable en lo político, pero no necesariamente ilegal; Tezanos hace una gestión muy negativa del CIS, pero no es admisible que se le acuse de un delito… y así hasta el infinito.

En el horizonte están los recursos en el Tribunal Supremo de partidos de la derecha contra los indultos a los independentistas. El Gobierno cumplió con escrúpulo todos los requisitos legales y, por tanto, se pretende que los magistrados analicen una decisión estrictamente política y discrecional. La concesión de los indultos es discutible desde el punto de vista político y hasta ético, pero es dudoso que sea ilegal. Y seguirán siendo cuestionables desde ese ángulo aunque no sean anulados por el Supremo.

Los tribunales, además, no ponderan el criterio de oportunidad que los gobiernos están obligados a tener en cuenta. Y el caso de los indultos es un ejemplo evidente de oportunidad política

Ni todo lo políticamente criticable es delito o ilegal, ni todo lo que no es delito o ilegal es aceptable.